Inversiones y Rentas Metropolitanas Limitadas con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 33-2013 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Valparaíso |
| Fecha sentencia | 2 oct 2013 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechazadas casación forma y fondo |
| Ministros | Haroldo Brito Cruz · Hugo Dolmestch Urra · Milton Juica Arancibia · Carlos Künsemüller Loebenfelder (redactor) · Jorge Lagos Gatica |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por contribuyente contra liquidación tributaria, confirmando que pérdida declarada por garantía a tercero no constituye gasto necesario y que citación no adolece de nulidad formal.
Hechos
Inversiones y Rentas Metropolitanas Limitada declaró pérdida tributaria de $772.611.336 en año 2007, originada en ejecución de depósito a plazo entregado al Chase Manhattan Bank como garantía para créditos de empresa argentina Minera Andacollo Gold S.A. (en la que tenía participación indirecta). SII emitió Liquidación N° 100 rechazando la pérdida. Tribunal Tributario rechazó reclamo el 20 de julio 2012. Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó el 9 de noviembre 2012. Contribuyente casó en forma y fondo.
Considerandos clave
Tribunal rechaza causal de ultra petita: los jueces recurridos correctamente abordaron el objeto demandado (si la pérdida era gasto necesario), decidiendo que no había prueba de tal carácter porque garantizaba créditos de empresa distinta sin retribución directa. Respecto a formalidades: omisión de "Por Orden del Director Regional" en citación no provoca nulidad, pues Jefe de Grupo actuaba bajo Resolución Exenta N° 950 de 2000 debidamente publicada, y contribuyente ejerció derechos sin cuestionarla. Sobre prescripción: citación del 28 de abril 2010 se practicó antes del vencimiento del plazo, ampliando prescripción en tres meses conforme artículos 59, 63 y 200 Código Tributario, por lo liquidación del 9 de julio 2010 fue oportuna. Presuntos errores de derecho en valoración de prueba corresponden a cuestiones de hecho privativas de jueces del fondo.
Resolutivo
Se rechazan recursos de casación en forma y fondo interpuestos por Inversiones y Rentas Metropolitanas Limitada contra sentencia de Corte de Apelaciones de Valparaíso de 9 de noviembre 2012, quedando firme la confirmación de Liquidación N° 100.
Texto de la sentencia
Santiago, dos de octubre de dos mil trece.
En estos autos ingreso 10.041-11 de la V Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Valparaíso, Rol N° 33-2013, de esta Corte Suprema, iniciados por reclamación de liquidación tributaria, por sentencia de veinte de julio de dos mil doce, que rola a fojas 95, se rechazó el reclamo de la contribuyente Inversiones y Rentas Metropolitana Limitada y confirmó la Liquidación N° 100, de 1 de julio de 2010, la decisión impugnada por la sociedad reclamante a través del recurso de apelación que fue resuelto por la Corte de Apelaciones de Valparaíso por sentencia de nueve de noviembre de dos mil doce, a fojas 133, confirmándola con adicionales fundamentos.
En contra de ese fallo la contribuyente dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, los que se ordenó traer en relación por decreto de fojas 179.
En cuanto al recurso de casación en la forma:
Primero: Que el recurso de nulidad formal denuncia como vicio de casación la causal contenida en el numeral cuarto del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, haber sido dada la sentencia ultra petita, por extenderse a puntos no sometidos a la decisión del tribunal. Afirma que el fallo impugnado estableció como elemento a acreditar la existencia de la pérdida tributaria declarada en años anteriores, en circunstancias que lo que correspondía era verificar la identidad de la pérdida declarada en el año tributario 2007 y aquella originada en el año 2005, al ejecutarse el depósito a plazo o garantía entregada por la contribuyente al Chase Manhattan Bank para que dicha institución le otorgara créditos a la sociedad Andacollo Gould S.A. y en la que la reclamante mantenía participación a través de la sociedad Latin Luz S.A., por ello expresa que es muy distinto acreditar la identidad entre una cosa y otra, o como en este caso, en que se le exigió demostrar la calidad de gasto necesario de ésta conforme dispone la Ley de Impuesto a la Renta en su artículo 31.
Segundo: Que cabe considerar que para que se configure el vicio denunciado, es necesario que la sentencia recurrida haya abordado cuestiones que no han sido sometidos a la decisión del tribunal, por lo que la irregularidad debe concretarse de manera precisa en dicho fallo, independientemente de que en su fundamentación se puedan tocar puntos o formular argumentaciones distintas de las efectuadas por las partes en el proceso, pues esa disparidad no configura, por si sola, el error denunciado.
Tercero: Que lo planteado cabe vincularlo al principio de congruencia, que dentro del procedimiento tiene diferentes fundamentos, ámbitos de aplicación y objetivos y que busca vincular a las partes y al juez al debate. Este principio enlaza la pretensión, la oposición, la prueba, la sentencia y los recursos.
En el caso de autos, de la lectura del escrito de reclamo del contribuyente, se desprende que lo pretendido es que sea dejada sin efecto la liquidación N° 100, sustentado en que la pérdida tributaria declarada cumplía con los requisitos del inciso 3 ° del artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta, es decir, el gasto generado al ejecutarse el depósito a plazo entregado por la reclamante al Chase Manhattan Bank, era necesario para producir la renta.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Inmobiliaria N L S.A. con Servicio de Impuestos Internos **
La Corte Suprema rechaza casación en forma y fondo interpuesta por Inmobiliaria NL S.A., confirmando que la pérdida tributaria de $1.326.282.540 del año 2008 no fue acreditada fehacientemente y que el SII ejerció válidamente sus facultades fiscalizadoras sin incurrir en prescripción.
Inostroza Gonzalez Jean Carlo con Servicio de Impuestos Internosvii Direccion Regional TALCA.
Acoge casación del SII y anula sentencia de Corte de Apelaciones que confirmó reclamación tributaria, por no acreditarse la existencia real de egresos declarados, incumpliendo artículo 21 del Código Tributario.
Sociedad Inversiones Tricobi Limitada con Servicio de Impuestos Internos
La Corte Suprema rechaza los recursos de casación en forma y fondo interpuestos por Inversiones Tricobi Ltda., confirmando que no se acreditó la pérdida tributaria que fundamentaba la pretensión de devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas, y que la absorción de Heis S.A. generó un incremento patrimonial no deducible.
Sociedad de Inversiones el Rincon Limitada con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza casación por falta de fundamento: el contribuyente no denunció infracción del artículo 31 LIR, norma decisoria en el rechazo de la devolución por pérdidas de arrastre no acreditadas.
SOC. de Inversiones el Rincon LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza casación interpuesta por contribuyente que impugnaba resolución que declaró improcedente el arrastre de pérdidas tributarias de ejercicios anteriores, por falta de acreditación documental conforme artículo 31 de la Ley de la Renta.
Inmobiliria San Crescente LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
Rechaza casación porque los jueces de instancia aplicaron correctamente la ley al determinar que el SII puede exigir acreditación de pérdidas de arrastre declaradas en años 2003-2004, sin que ello constituya revisión de períodos prescritos.