Inversiones Errazuriz LTDA. con Servicio de Impuestos Internos Centro .
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 40037-2017 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de Santiago |
| Fecha sentencia | 30 dic 2019 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | HA LUGAR Acogida casación forma, anulada sentencia de (m) |
| Ministros | Ricardo Abuauad Dagach · Lamberto Cisternas Rocha · Jorge Dahm Oyarzún · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Manuel Valderrama Rebolledo (redactor) |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte Suprema acogió casación en la forma por violación de cosa juzgada: intereses de créditos State Street Bank ya fueron declarados deducibles en sentencia anterior ejecutoriada sobre el mismo beneficio jurídico, anulando sentencia de Corte de Apelaciones que los rechazó en años tributarios posteriores.
Hechos
Inversiones Errázuriz fue fiscalizada por intereses pagados en créditos State Street Bank (años tributarios 2006 y 2007). El SII rechazó la deducción alegando falta de prueba sobre destino de fondos. Tribunal Tributario hizo lugar parcial al reclamo, confirmando el rechazo de intereses. Corte de Apelaciones de Santiago confirmó en julio 2017. La contribuyente recurrió de casación en forma y fondo alegando, entre otros, violación de cosa juzgada: la misma materia (si los créditos se destinaron a inversiones del giro) ya fue resuelta favorablemente en sentencia ejecutoriada de 2012 sobre año tributario 2005.
Considerandos clave
El tribunal estableció que la cosa juzgada requiere triple identidad: identidad de partes (pacífica), identidad de causa de pedir (el derecho a deducir intereses por créditos destinados a inversiones del giro), e identidad de cosa pedida (el beneficio jurídico inmediato: reconocimiento de intereses como gasto necesario). Aunque los años tributarios diferían (2005 versus 2006-2007), el tribunal estimó que los intereses se generan año a año mientras subsista la deuda, siendo un hecho pasado inamovible el destino original de los fondos. La sentencia anterior de 2012 determinó que los créditos fueron efectivamente destinados a inversiones del giro. Permitir al SII replantear cada año la misma objeción sobre un hecho ya resuelto vulneraría la inmutabilidad de la sentencia firme y la seguridad jurídica, configurando cosa juzgada que vuelve esa determinación inmutable.
Resolutivo
Se acogió el recurso de casación en la forma por causal N° 6 del artículo 768 (fallo en contra de otro pasado en cosa juzgada). Se anuló la sentencia de la Corte de Apelaciones y se dictará sentencia de reemplazo. Se tuvo por no interpuesto el recurso de casación en el fondo conforme al artículo 808 CPC.
Texto de la sentencia
Santiago, treinta de diciembre de dos mil diecinueve.
En estos autos Rol N° 40.037-17 de esta Corte Suprema, referidos a un procedimiento de reclamación iniciado por INVERSIONES ERRÁZURIZ LIMITADA, se dictó sentencia de primer grado el veintiuno de marzo de dos mil dieciséis, en virtud de la cual se hizo lugar en parte al reclamo presentado contra las Liquidaciones N°s. 47, 48 y 49, de fecha 28 de octubre 2008, confirmando en todas sus partes las N°s. 47 y 49, por diferencias en la determinación del Impuesto de Primera Categoría del año tributario 2006, y por reintegro del artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, del período mayo de 2007, y ordenando modificar la N° 48, por diferencias en la determinación del impuesto de Primera Categoría, correspondientes al año tributario 2007.
Apelada esta decisión, fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha seis de julio de dos mil diecisiete.
Contra este último pronunciamiento el apoderado de la contribuyente dedujo recursos de casación en la forma y en el fondo, los que fueron ordenados traer en relación.
Primero: Que en el recurso de casación en la forma deducido se invoca, primero, la causal quinta del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 170 N° 6 del mismo código, al omitirse la decisión de un asunto controvertido, pues se pidió en la apelación la invalidación del fallo de primer grado por no practicar diligencias probatorias que habían sido solicitadas y decretadas en su oportunidad, sin contener la sentencia la resolución de esta petición.
En segundo término, arguye la causal cuarta del citado artículo 768, ultrapetita, ya que la sentencia impugnada declaró improcedentes como gastos necesarios para producir la renta los intereses y, además, las multas fijadas en la sentencia judicial dictada contra la reclamante en un tribunal extranjero, sin embargo, lo que se objetó por el Servicio de Impuestos Internos fue únicamente la rebaja de intereses provenientes de créditos suscritos con State Street Bank. Tampoco fue discutido la procedencia de rebajar estas partidas fijadas en sentencia judicial, sino si los fondos obtenidos por los créditos por los que se pagaron esos intereses se destinaron a generar rentas del giro del negocio.
En un tercer orden, alega la causal sexta del mencionado artículo 768, por cuanto el fallo se pronunció en contra de otro pasado en autoridad de cosa juzgada, en el cual sí se acogió la rebaja de los intereses, concurriendo los requisitos de la triple identidad que hace procedente la referida excepción.
Pide en virtud de este recurso que se invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo que acoja el reclamo.
Normas citadas
Descriptores
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Cerpa Canales Armando con Servicio de Impuestos Internos *
Acoge casación en el fondo por infracción de leyes reguladoras de la prueba: anula confirmación de liquidaciones tributarias por falta de sustento probatorio idóneo de la malicia que justificaría plazo de prescripción extendido.
Sociedad Comercial Manresa LTDA. con Servicio de Impuestos Internos *
Acogida casación en el fondo. Anulada sentencia de Corte de Apelaciones que confirmó rechazo del reclamo tributario, por incumplimiento de reglas probatorias: los jueces validaron acusaciones sin contar con documentación de cargo que debió obrar en autos.
Tesorería Regional Antofagasta con Importadora de Insumos Productos y Comercializadora Tajorcar LTDA.
Acoge casación en la forma por omisión de valoración de prueba de notificación que habría acreditado interrupción de prescripción. Anula sentencia de Apelaciones y rechaza casación en fondo.
Salmones Aysen S.A con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Santiago Norte
Corte Suprema declara inadmisible recurso de casación en la forma por falta de causal de nulidad: no hay vulneración de cosa juzgada cuando los conflictos involucran años tributarios diversos (2012 vs 2013).
Compañía de Inversiones la Española S.A con Servicio de Impuestos Internosv D.R. Valparaiso.
Corte Suprema acoge casación en el fondo: rechaza excepción de cosa juzgada del SII porque la causa de pedir es distinta (nulidad de giros vs. liquidaciones originales), anula sentencia de Corte de Apelaciones y declara nulos giros 402413 y 402425 por carecer de liquidación que los sustente.
Compañía de Inversiones la Española S.A con Servicio de Impuestos Internosv D.R. Valparaiso.
La Corte Suprema acoge el reclamo tributario y deja sin efecto dos giros del SII por carecer de liquidación válida que los sustentara, al haber sido emitidos sobre reliquidaciones de una liquidación anulada por sentencia ejecutoriada.