Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

HA LUGARCorte Suprema · Rol 4305-201812 ene 2021

Synapsis Soluciones y Servicios It LTDA con Servicio de Impuestos Internos **

TribunalCorte Suprema
Rol4305-2018
Corte de origenCorte de Apelaciones de Santiago
Fecha sentencia12 ene 2021
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoHA LUGAR Acogida casación forma, anulada sentencia de (m)
MinistrosRicardo Abuauad Dagach · Haroldo Brito Cruz · Jorge Dahm Oyarzún · Carlos Künsemüller Loebenfelder (redactor) · Manuel Valderrama Rebolledo

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Corte Suprema acoge casación en la forma por vicio de ultrapetita: sentencias de tribunales inferiores resolvieron sobre hecho no controvertido (existencia de cuenta corriente mercantil) que excedía el ámbito de la litis, anulando la sentencia de apelaciones.

Hechos

Synapsis demandó al SII ante el Tribunal Tributario y Aduanero por liquidaciones N° 26 y 27 (mayo 2011) que determinaron diferencias en Primera Categoría y ordenaron reintegro por $401.850.054 para el AT 2010. El Tribunal Tributario rechazó la reclamación el 30 de marzo de 2017. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esa sentencia el 7 de noviembre de 2017. Synapsis interpuso casación en la forma, alegando ultrapetita porque los tribunales inferiores decidieron sobre la necesariedad del gasto basándose en la existencia de una cuenta corriente mercantil que no fue hecho controvertido ni materia de prueba según el auto de prueba.

Considerandos clave

El tribunal sostiene que la existencia de la cuenta corriente mercantil no fue fijada como hecho sustancial, pertinente y controvertido en la resolución judicial. Solo los hechos así establecidos conforme a lo discutido por las partes deben ser objeto de prueba. Revisando escritos de reclamo y contestación, se constata que fue un hecho no controvertido y no necesitado de prueba. Sin embargo, las sentencias de primer grado y apelación resolvieron el fondo basándose en la falta de acreditación de ese extremo, excediendo la controversia sometida a conocimiento del tribunal. Esto quebranta el principio de congruencia procesal que exige decidir apegándose a los planteamientos de las partes. Por tanto, concurre el vicio de ultrapetita.

Resolutivo

Se acoge recurso de casación en la forma. Se anula sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 7 de noviembre de 2017 y se reemplaza por nueva sentencia (dictada separadamente sin nueva vista). Fallo acordado con voto en contra de Ministros Brito y Dahm.

Texto de la sentencia

Santiago, doce de enero de dos mil veintiuno.

En estos autos N° 4305-2018, rol esta Corte Suprema, en procedimiento de reclamación iniciado por SYNAPSIS SOLUCIONES y SERVICIOS IT LIMITADA, por dictamen de treinta de marzo de dos mil diecisiete, el Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago rechazó la reclamación interpuesta contra de las liquidaciones N° 26 y 27, de fecha 5 de mayo de 2011, emitidas por la Dirección de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Internos, que determinó diferencias por impuesto de Primera Categoría para el AT 2010, por la suma de $17.656.932 y ordena el reintegro del artículo 97 de la Ley de Impuesto a la Renta, por la suma de $401.850.054, incluidos reajustes e intereses.

Apelada esta sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago la confirmó con fecha siete de noviembre de dos mil diecisiete.

Contra este último pronunciamiento la reclamante dedujo recurso de casación en la forma, fundado en la causal cuarta del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, ultrapetita, por cuanto la controversia del litigio es la necesariedad del gasto y no fue un hecho sustancial, pertinente ni controvertido conforme al auto de prueba la cuenta corriente mercantil por medio de la cual se pagó el referido gasto.

Expone que el defecto denunciado influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo impugnado, y solicita que se invalide éste y que se dicte el de reemplazo que deje sin efecto las liquidaciones reclamadas.

Primero: Que, la existencia de la cuenta corriente mercantil no fue un hecho requerido de prueba en la resolución judicial pertinente; basta la sola lectura de la misma para comprobarlo.-

Que, sólo los hechos fijados como sustanciales, pertinentes y controvertidos- establecidos conforme a lo discutido por las partes-  han de ser  objeto de las pruebas que ofrezcan los interesados en la resolución de la litis.-

Segundo: Que, del mérito de los antecedentes aparece que se tuvo como hecho no controvertido -y, por lo mismo, no necesitado de prueba- lo relativo a la cuenta corriente mencionada.- Es suficiente, para este efecto, revisar los escritos de reclamo y contestación.-

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Normas citadas

CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 786CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL\tART. 768

Descriptores

Principio de congruenciaRecurso de casación en la formaUltra petitaHecho sustancial, pertinente y controvertidoCuenta corrienteReclamo tributarioImpuesto a la Renta de Primera CategoríaTribunal Tributario y Aduanero (TTA)Reclamo de liquidación

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte Suprema en casación: la proporción medida sobre los 2.140 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

No Ha LugarRol 32017-2014Corte Suprema12 nov 2015

Kabelco S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechaza casación en la forma por ultra petita de Kabelco S.A., confirmando que la sentencia de apelaciones fue congruente con la litis trabada respecto a subdeclaración de ingresos y gastos de energía y nitrógeno.

Casación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y tribunal, en las más de 4.000 sentencias del Poder Judicial de la base.

Conoce Pro