C/rodolfo Rodrigo Lagno.qte.: Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 6036-2010 |
| Corte de origen | Corte de Apelaciones de San Miguel |
| Fecha sentencia | 18 ago 2011 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR Rechazada casación en la forma |
| Ministros | Hugo Dolmestch Urra (redactor) · Carlos Künsemüller Loebenfelder · Nelson Pozo Silva · Jaime Rodríguez Espoz · Nibaldo Segura Peña |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte Suprema rechaza la casación en la forma por falta de preparación procesal: la defensa no reclamó oportunamente el vicio de cosa juzgada mediante recurso de nulidad formal ante la Corte de Apelaciones.
Hechos
Rodolfo Alberto Rodrigo Lagno fue condenado en primera instancia (5 noviembre 2009) por delito tributario (artículo 97 N° 8 del Código Tributario) por venta clandestina de vino sin documentación, a 541 días de presidio y multa. La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia el 17 de marzo de 2010. La defensa interpuso casación en la forma alegando cosa juzgada respecto de sentencia anterior del Primer Juzgado del Crimen de San Bernardo (causa Rol N° 19.912 de 1 abril 2003) que condenó al mismo sujeto por infracciones a la Ley de Alcoholes respecto de los mismos hechos del 29 junio 2002.
Considerandos clave
La Corte recuerda que el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil (aplicable por remisión) exige para admitir casación en la forma que el recurrente haya reclamado oportunamente en todos los grados. Aunque reconoce que el vicio alegado (cosa juzgada) se produjo en segunda instancia, observa que la defensa no lo atacó mediante recurso de nulidad formal ante la Corte de Apelaciones, lo que impide la prospección por falta de preparación. Precisa que la apelación general interpuesta en primer grado (fojas 410) no sirve para preparar casación formal, pues ambos recursos tienen motivaciones distintas: apelación requiere gravamen irreparable, mientras casación formal requiere vicio en sustanciación o dictación del fallo.
Resolutivo
Se rechaza el recurso de casación en la forma, quedando firme la sentencia de la Corte de Apelaciones de 17 marzo 2010 que confirmó la condena a 541 días de presidio menor en grado medio, multa y accesorias legales por delito tributario.
Texto de la sentencia
Santiago, dieciocho de agosto de dos mil once.
En los autos rol Nº 65.446 del Octavo Juzgado del Crimen de San Miguel, por sentencia de primera instancia de cinco de noviembre de dos mil nueve, escrita a fojas 402, se condenó a Rodolfo Alberto Rodrigo Lagno a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa equivalente al cincuenta por ciento del impuesto eludido, más las accesorias legales y al pago de las costas de la causa, como autor del delito contemplado en el artículo 97 N° 8 del Código Tributario, cometido el 29 de junio de 2002. Se concedió al condenado el beneficio de la reclusión nocturna.
Apelada la referida decisión, una Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, por resolución de diecisiete de marzo de dos mil diez, escrita a fojas 427, la confirmó.
En contra de este último dictamen, la defensa del sentenciado, a fojas 428, interpuso recurso de casación en la forma por la causal prevista en el artículo 54N ° 1del Código de Procedimiento Penal.
Declarado admisible el señalado recurso, a fojas 468, se ordenó traer los autos en relación.
Primero: Que el recurso de casación en la forma interpuesto en contra de la resolución de segunda instancia de diecisiete de marzo de dos mil diez, se funda únicamente en la causal 11º del artículo 54del Código de Procedimiento Penal, esto es, en haber sido dictada en oposición a otra sentencia criminal pasada en autoridad de cosa juzgada, por la que acusa infracción al artículo 174 Código de Procedimiento Civil, además de lo dispuesto en los numerales 4 , 5 y 6 del artículo 500 Código de Enjuiciamiento Penal, según se lee en el libelo.
Al efecto, el recurrente sostiene que los hechos ocurrieron el 29 de junio de 2002, alrededor de las 12:30 horas en Avenida América N°
0260 y 0270 de la comuna de San Bernardo, momento en que se realizó una fiscalización por parte de funcionarios de Carabineros y del Servicio de Impuestos Internos, verificándose el transporte de una carga de vino, sin guías de despacho ni facturas que justificaran la entrega de la mercadería, constando, además, la existencia de vino a granel en los inmuebles indicados, para su posterior embotellamiento y venta. Lo anterior fue puesto en conocimiento del Primer Juzgado del Crimen de San Bernardo, instruyéndose la causa Rol N° 19.912, en la cual, el 1de abril de 2003, se condenó a Rodolfo Alberto Rodrigo Lagno como autor de las infracciones consistentes en la fabricación y mantención de existencia para ejercer la venta clandestina de bebidas alcohólicas, conforme con lo dispuesto en los artículos 168 y 169 de la Ley de Alcoholes, al pago de una multa de quince unidades tributarias mensuales con los recargos legales, sentencia que constituye la cosa juzgada. Hace presente, también que, a raíz de estos hechos se le notificó la infracción tributaria del artículo 97 N° 10 del Código del ramo, por la cual fue condenado a una pena de multa y a la clausura del establecimiento comercial.
Normas citadas
Descriptores
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