Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

NO HA LUGARCorte Suprema · Rol 6.283-201910 sep 2025

Sealed Air Chile Industrial Limitada con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte Suprema
Rol6.283-2019
Fecha sentencia10 sep 2025
RUC15-9-000858-6
RecursoCasación
SalaSegunda · Penal
ResultadoNO HA LUGAR
Resuelve a favor deSII
MinistrosLeopoldo Llanos Sagrista · Eliana Quezada Muñoz (redactor) · María Catepillán Lobos · Juan Ferrada Bórquez · Juan Mera Muñoz

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Recurso de casación contra sentencia que revocó el acogimiento de reclamo tributario por devolución de pago provisional por utilidades absorbidas, rechazado por la Corte Suprema al estimar que no hubo vicio de procedimiento ni infracción de ley en la decisión de segunda instancia sobre el tratamiento del goodwill como gasto.

Análisis del SII

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo impetrados por la contribuyente en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Santiago que revocó la sentencia dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana que acogió el reclamo deducido en contra de una Resolución emitida por la XIV Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente que denegó la devolución del pago provisional por utilidades absorbidas asociadas a la determinación del Impuesto de Primera Categoría del Año tributario 2015.

En su recurso de casación en la forma la contribuyente sostuvo que la sentencia de segunda instancia se había extendido a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, por cuanto la necesidad del gasto por goodwill no estaba dentro de la litis, ni menos la legítima razón de negocios. Además, la sentencia recurrida omitió la decisión sobre el asunto controvertido al desestimar parte de la argumentación del Tribunal a quo, pero sin emitir pronunciamiento a su respecto.

En su recurso de casación en el fondo la contribuyente sostuvo que la sentencia impugnada había infringido lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, ya que en el caso del numeral 9, el legislador había creado una ficción de gasto tributario, pero como no era un desembolso en dinero nunca podría acreditarse su carácter de gasto necesario. Además, la deducción del gasto por goodwill no se encontraba supeditada a una legítima razón de negocios. La recurrente agregó que se habían infringido los artículos 64 del Código Tributario y 38 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, ya que el Servicio había denegado el pago provisional por utilidades absorbidas sin haber ejercido la facultad de tasación, lo que fue confirmado por la sentencia recurrida. La Corte Suprema señaló en cuanto a la causal de ultra petita que el Tribunal de primer grado y el de segundo grado se pronunciaron sobre la misma controversia, esto era la procedencia de la devolución solicitada en relación al tratamiento del goodwill tributario como gasto y la concurrencia de la legítima razón de negocios conforme a lo dispuesto en el artículo 64 del Código Tributario. Por ello procedía rechazar el primer capítulo del recurso de casación en la forma.

En cuanto a la causal de haberse omitido la decisión del asunto controvertido, el Máximo Tribunal sostuvo que la modificación efectuada por la Corte de Apelaciones a la sentencia del Tribunal de base no implicaba una omisión de la decisión del asunto, sino simplemente que la Corte no compartía los fundamentos de la sentencia de primer grado, por lo que procedía rechazar este segundo capítulo.

Sobre la nulidad sustancial, la Corte precisó que frente a la controversia el Tribunal de base había resuelto que el gasto en discusión se encontraba acreditado y que el Ente Fiscal no había hecho uso de la facultad de tasación del artículo 64 estando obligado a hacerlo. Posteriormente, los Sentenciadores del grado, analizando el concepto de goodwill tributario desde el punto de vista de la legítima razón de negocios, expresaron que, al no encontrarse acreditada dicha circunstancia, debía rechazarse el reclamo.

La Magistratura se refirió a continuación a la presunta infracción a lo dispuesto en el artículo 31 N°9 de la Ley sobre Impuesto a la Renta que regulaba el goodwill alegada por la recurrente. Al respecto, arguyó que, el tratamiento conferido por la ley del ramo al goodwill tributario introducido por la Ley N°20.630, formaba parte del contenido propio del gasto necesario para producir la renta, conforme al inciso primero del citado artículo 31. Por tanto, no era efectivo que su tratamiento debiera ser diferenciado, no advirtiéndose vulneración a la ley por parte de los Sentenciadores. Sobre la infracción al artículo 64 del Código Tributario y el concepto de legítima razón de negocios, la Corte sostuvo que dicho concepto había sido utilizado por el Ente Fiscal y reconocido a nivel jurisprudencial como un elemento que debía acreditarse. Ello, con el fin de determinar que el goodwill tributario producido en un procedimiento de reorganización empresarial tuviera una justificación y permitiera calificar su procedencia como un gasto necesario para producir, fuera efectiva o potencialmente, la renta de la sociedad, vinculada a una actividad propia de su giro o atendida su naturaleza. Según el Máximo Tribunal, lo anterior traía como consecuencia que el Servicio debía, dentro de su labor fiscalizadora, analizar la procedencia de las devoluciones solicitadas por los contribuyentes. Además, la facultad de tasar del articulo 64 se situaba dentro de los parámetros establecidos por dicho artículo, siendo facultativo para el Ente Fiscal su ejercicio, no siendo indispensable utilizar dicha prerrogativa para analizar las reorganizaciones societarias dentro del concepto de legítima razón de negocios. Dado lo anterior, no había existido infracción a la ley respecto de las disposiciones señaladas, por lo que procedía rechazar el recurso de casación en el fondo impetrado

Texto de la sentencia

Santiago, diez de septiembre de dos mil veintincinco.

En estos antecedentes Rol N°6.283-2019, se ha tramitado un procedimiento de reclamación tributaria que, por sentencia dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana, se acogió el reclamo interpuesto contra la Resolución Exenta N°23 de 15 de abril de 2015 que negó a la parte reclamante "Sealed Air Chile Industrial Limitada" la devolución del pago provisional por utilidades absorbidas vinculadas a la determinación del impuesto de primera categoría del año tributario 2015, dejándola sin efecto.

Elevada en apelación, una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la sentencia recurrida, resolviendo rechazar el reclamo en contra de la Resolución N°23 de 2025 del Servicio de Impuestos Internos en todas sus partes.

Contra dicha decisión, la parte reclamante interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo, respecto de los cuales se ordenó traer los autos en relación.

I.- EN CUANTO AL RECURSO DE CASACION EN LA FORMA.

PRIMERO: Que la primera causal invocada en el recurso de casación en la forma dice relación con la contemplada en el numeral 4 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, ultrapetita.

Señala que la sentencia de segunda instancia ha modificado la causa de pedir en relación con la que se ha configurado durante su discusión ante el tribunal de base.

En efecto, conforme lo impetrado por el ente fiscalizador mediante el recurso respectivo es la confirmación de la resolución impugnada, rechazando el reclamo y, por ende, que se deniegue la devolución solicitada a título de pago provisional por utilidades absorbidas.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

Goodwill – Legítima razón de negocios – Necesidad del gasto – Ejercicio de la facultad de tasación

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte Suprema en casación: la proporción medida sobre los 647 recursos de esta base.Conoce Pro

Fallos que aplican las mismas normas

No Ha LugarRol 31.479-2019Corte Suprema5 feb 2026

Inmobiliaria la Rosa Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Corte Suprema rechazó casación del SII contra revocación de la Corte de Apelaciones que dejó sin efecto liquidación por diferencias de impuesto de primera categoría 2010, respecto a enajenación de derechos sociales. Confirmó validez del informe de fiscalización como acto administrativo.

Casación
No Ha LugarRol 16.979-2020Corte Suprema9 ene 2026

José Luis Solís Huinca con Servicio de Impuestos Internos

Rechazó casación sobre reclamación tributaria por diferencias de impuestos en años 2015-2017. La Corte confirmó que la citación y liquidaciones fueron suficientemente precisas, que no operaba el artículo 59 del Código Tributario, y que no procedía corrección de errores propios solicitada.

Casación
Ha LugarRol 29.652-2018Corte Suprema28 may 2024

Constructora San Antonio Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Tasación comercial de bienes raíces según artículo 64 del Código Tributario. La Corte Suprema rechazó el recurso del SII y confirmó que la tasación fiscal carecía de antecedentes suficientes para fundamentar el valor comercial determinado.

Casación
No Ha LugarRol 6240-2018Corte Suprema16 ene 2023

Manquehue Desarrollos Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Contribuyente cuestionó multa por devolución indebida de pagos provisionales y tasación de acciones en aumento de capital. Corte Suprema rechazó que hubiera infracción a normas sobre sanciones ni a facultad de tasación, considerando procedente la multa y válida la tasación conforme al artículo 64 del Código Tributario.

Casación
No Ha LugarRol 2.241-2018Corte Suprema30 abr 2021

Inversiones Finning Chile Limitada con Servicio de Impuestos Internos

Venta de acciones y pérdida tributaria de arrastre. Corte Suprema rechazó casación de contribuyente que cuestionaba tasación del SII sobre valor de mercado de acciones y rechazo de parte de pérdida tributaria reclamada.

Casación
Ha LugarRol 38629-2017Corte Suprema20 feb 2020

Sociedad de Inversiones Calahondo S.A. con Servicio de Impuestos Internos

Tasación de inmuebles por venta a valor inferior al comercial. Corte Suprema acogió casación en el fondo por falta de fundamentación en el avalúo según artículo 64 del Código Tributario, revocando sentencia de Apelaciones que rechazaba el reclamo del contribuyente.

Casación
Pro

Hay 5 fallos más sobre estas normas

Mismo articulado, con su rol, carátula y resultado, en las más de 1.700 sentencias de tribunales superiores de la base.

Conoce Pro