Marcela C.chamorro Matamala con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 8281-2011 |
| Fecha sentencia | 4 ene 2013 |
| Recurso | Casación |
| Sala | Segunda · Penal |
| Resultado | NO HA LUGAR |
| Ministros | Juan Araya Elizalde · Carlos Cerda Fernández (redactor) · Hugo Dolmestch Urra · Raúl Lecaros Zegers · Alfredo Prieto Bafalluy |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalContribuyente recurre contra rechazo de crédito fiscal por presentar fotocopias de facturas extraviadas sin acreditar fidelidad documental. La Corte Suprema rechaza el recurso de casación, confirmando que las copias simples no son suficientes sin prueba adicional de su autenticidad.
Análisis del SII
Al extraviarse una factura, no basta con acompañar una copia del documento, es necesario que el contribuyente desarrolle una actividad probatoria que permita a la administración tributaria cerciorarse de la fidelidad documental.
Texto de la sentencia
Santiago, cuatro de enero de dos mil trece.
En esta causa Rol N° 10.333-2.008 de la Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Valparaíso, procedimiento de reclamación de liquidaciones tributarias por concepto de diferencias de Impuesto al Valor Agregado de sendos períodos que van desde el mes de agosto de 2.005 hasta el de octubre de 2.007, Impuesto a la Renta de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario correspondientes a los años tributarios 2.007 y 2.008, el abogado Rafael Martínez Cohen, actuando en representación de la contribuyente y reclamante Marcela Chamorro Matamala, recurre de casación en el fondo contra la sentencia de veintiuno de julio de dos mil once, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó, sin más, la resolución que el treinta de marzo del mismo año emitiera la directora regional correspondiente, doña Erica Morales Lartiga, accediendo sólo parcialmente al reclamo.
El recurso representa la errónea interpretación, la contravención formal y la falsa aplicación de disposiciones de los Códigos Civil, de Procedimiento Civil y Tributario; de los Decretos Leyes N° 824 y 825 de 1.974; y del Decreto Supremo de Hacienda N° 55 de 1.977, yerros que agrupa de la siguiente manera:
1.- "Sobre el valor probatorio de las fotocopias de las facturas para acreditar el crédito fiscal y costo del contribuyente. Contravención formal al artículo 21 del Código Tributario; contravención formal al artículo 346 del Código de Procedimiento Civil; y contravención formal al artículo 2 del Código Tributario." (fs. 115)
2.- "Sobre la presunta obligación del contribuyente de sólo poder acreditar sus créditos fiscales y costos con los originales de las facturas respectivas. Interpretación errónea de los artículos 23 N° 1 y N° 5 ° , y 25 de la ley del IVA, en relación a los artículos 39 , 40 , 69 letra A N° 1 , 71 bis inciso 2 del reglamento del IVA ; Interpretación errónea del artículo 30 inciso 1 ° de la Ley de Impuesto a la Renta:" Fs. 116)
3.- "Sobre la contravención formal al artículo 97 N° 16 ° del Código Tributario." (fs. 118)
4.- "Falsa aplicación de los artículos 17 , 88 inciso final, y 97 N° 19 del Código Tributario." (fs. 119)
5.- "Contravención formal al artículo 19 del Código Civil".
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Código Tributario – Artículo 21 – Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Artículo 25.
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Alvarita Alfaro Servicios Agricolas E.I.R.L. con Servicio de Impuestos Internos
Interrupción de prescripción tributaria: Corte Suprema acogió casación del SII respecto de si los plazos de 3 años del artículo 200 del Código Tributario requieren realizar todas las acciones (liquidar, revisar y girar) o solo algunas de ellas.
Metales del Pacifico S.A. con Servicio de Impuestos Internos VII Dirección Regional Talca
Metales del Pacífico cuestionó reclamación tributaria por diferencias de IVA y renta. La Corte Suprema rechazó su casación y acogió la del SII, confirmando que sin acreditar efectividad material de operaciones pierde crédito fiscal, independiente de que el proveedor haya enterado el impuesto.
Comercial Unico LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
Corte Suprema rechazó casación de contribuyente contra liquidaciones de IVA y renta por omisión de contabilización de notas de crédito de proveedores. Confirmó acogimiento parcial de reclamos originales.
Comercial y Servicios a la Industria Raul Leyton E.I.R.L. con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional de Antofagasta
Se discutió si el SII podía practicar liquidaciones de IVA fuera del plazo de seis meses establecido en la Ley 18.320, argumentando facultad de reexaminar períodos ya revisados. La Corte Suprema rechazó el recurso, confirmando que el SII debe citar o liquidar dentro de los seis meses posteriores a la notificación del requerimiento.
Crédito fiscal de IVA por falta de acreditación del impuesto recargado
Contribuyente reclamó contra liquidaciones de IVA alegando crédito fiscal no reconocido. La Corte Suprema rechazó recursos de casación en la forma y fondo, confirmando rechazo del reclamo por falta de acreditación del impuesto recargado en facturas.
Servicio de Ingenieria y Construccion Fernando Riquelme Villanueva E.I.R.L. con Servicio de Impuestos Internos
Se discutió la procedencia del crédito fiscal IVA declarado por contribuyente. La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazaba la pretensión.