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Tribunal · solo Pro
YAMPARA MAMANI con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 03-01-2011 · Materia: Artículo 97 N° 10 del CT
ACOGE
Se anuló infracción por no emisión de documento en venta de papas. El tribunal consideró que la factura fue emitida legalmente dentro de plazo, no habiendo acreditado el SII emisión extemporánea mediante corte documentario.
El 7 de octubre de 2010, fiscalizadores del SII verificaron venta de 20 sacos de papas a Zara Yampara Lovera sin documento inicial. Posteriormente detectaron faltante de 30 sacos adicionales sin justificación documental en remolque con 320 sacos comprados a Juan Carrasco Araya. Yampara alegó que los 30 sacos fueron vendidos a Silvia Rodríguez con factura 2292. SII imputó infracción por no emitir documento en tiempo y forma por esos 30 sacos.
El tribunal aplicó sana crítica para valorar pruebas. Consideró que la infracción debe interpretarse restrictivamente conforme art. 97 N°10 CT. Determinó que SII no efectuó corte documentario en talonario de facturas que probara emisión extemporánea. La factura 2292 del 7 octubre 2010 consta registrada en libros contables y en formulario 29, pagada el 12 octubre 2010. Los datos en factura y libro auxiliar son concordantes. El hecho de no tener talonario en local al momento de fiscalización no presume incumplimiento legal. Ausencia de prueba fehaciente de emisión posterior a intervención de fis
Se acogió reclamo y anuló denuncia 1090487 del 7 octubre 2010. Se rechazó petición de dejar constancia sobre guía 415 sin timbre. Se eximió de costas a SII por tener motivo plausible para litigar.
RUC: Rol · solo Pro.
RIT: Rol · solo Pro.
En Arica, a tres de enero de dos mil once.
VISTO:
El escrito, de 25 de Octubre de 2010, rolante de fojas 1 a 4 de la carpeta, presentado por don ENRIQUE YAMPARA MAMANI, comerciante y transportista, RUT número 14.631.109-1, con domicilio en la ciudad de Arica, Avenida Manuel Castillo Ibaceta Nº 3431, Arica y para los efectos del proceso en calle Rio Mapocho Nº 566, Población Nueva
Esperanza, Arica, mediante el cual, dentro del plazo que determina el artículo 165 Nº 3, del Código Tributario, interpone reclamación en contra de la Notificación de la Infracción Nº 1090487, de fecha 7 de Octubre de 2010, a las 16:45 horas, efectuada por el funcionario fiscalizador don Jorge Mancilla, RUT Nº 8.161.194-7, de la XVII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, por la infracción sancionada en el número 10 del artículo 97 del Código Tributario, consistente en "No otorgó docto. Legal alguno por la venta de 30 sacos de papas. Diferencia detectada al cotejar factura N° 13403 (Contribuyente: Juan Carrasco Araya RUT 5.600.652-4) con inventario físico (270 sacos) y documentos de ventas. (GD N° 415)", Monto de la Operación $ 120.000, Placa Patente JK3036 y que, de acuerdo a lo que registra al margen, venta efectuada en el patio de camiones, solicitando acoger el reclamo en todas sus partes y, en definitiva, ordenar se deje sin efecto.
EN CUANTO A LOS HECHOS.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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