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Tribunal · solo Pro
Autos GJ Limitada con SII
Fecha: 18-10-2024 · Materia: Giro · Juez: Gonzalo Hernán Trabucco González
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo y se declara nula la emisión de giro por impuesto a bien mueble (Porsche), por falta de reglamento que establezca forma de verificar afectación exigido por ley.
AUTOS GJ LIMITADA, empresa dedicada a venta y alquiler de vehículos, fue sujeta a giro por impuesto a bien mueble conforme artículo 9 Ley N°21.420 respecto de automóvil Porsche 911 GT3 RS tasado en $120.860.284, generando impuesto de $2.460.715. El giro fue emitido el 12 de abril de 2023. La empresa reclamó argumentando: (1) cumple requisitos de exención por ser bien indispensable para su giro; (2) falta reglamento requerido por ley; (3) preclusión por emisión fuera de plazo legal.
El Tribunal constató que el artículo 9 Ley N°21.420 exige reglamento para establecer la forma de verificar la afectación de bienes. Sin dictación de tal reglamento, no es posible determinar cómo se verifica la afectación, elemento esencial del tributo. Aunque la ley contiene el hecho gravado, sujeto pasivo y tasa, la base imponible (determinación de bien afecto) depende del reglamento pendiente. El Tribunal citó jurisprudencia de Cortes de Apelaciones que han declarado nulos giros similares por esta razón. La ausencia del reglamento constituye vulneración del principio de juridicidad (artículo
Se acoge el reclamo. Se declara la nulidad del Giro Folio N°8735009 dejándolo sin efecto para todos los efectos. Sin costas. Se ordena al SII realizar actos necesarios para dejar sin efecto avalúos y contribuciones derivadas.
CAUSA : “AUTOS GJ LIMITADA CON S.I.I”
RUC Nº : Rol · solo Pro
RIT N° : Rol · solo Pro
Rancagua, A DIECIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO
I. VISTOS:
UNO. Presentación de fojas 1, de 1 4 de diciembre de 2023, por la cual, don Guillermo J ünemann Núñez, RUT N °9.979.021-0, en representación de la sociedad AUTOS GJ LIMITADA, RUT N°76.044.770-6, ambos domiciliados en Fundo Tenquelén, sector San Gregorio sin número, comuna de Nancagua, deduce reclamo por el Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario 1, en contra del Giro Folio N°8735009, emitido por el Servicio de Impuestos Internos2 con fecha 12 de abril de 2023, solicitando que se deje efecto por los vicios de ilegalidad de que adolece , en relación a la exención que le beneficia; a la falta del reglamento que exige la ley ; y a la preclusión para su emisión; y en subsidio de todo ello, aplicar a la base imponible del impuesto el tramo exento que invoca. Lo anterior, por los fundamentos que resumidamente se exponen a continuación. 1.1 En cuanto al Giro reclamado, este se vincula con el impuesto establecido en el artículo 9 de la Ley Nº21.420, relativo al bien mueble, vehículo de la reclamante que se detalla a continuación:
Tipo Marca Modelo Matricula Tasación Monto giro
Automóvil Porsche 911 GT3 RS 991
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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