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Tribunal · solo Pro
LAPIERRE AVALOS con SII
Fecha: 05-12-2024 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente reclamo contra liquidaciones por reintegro de devoluciones de impuestos. Se dejan sin efecto liquidaciones 937 y 938 (AT 2013-2014) y se reliquidifica la 939 (AT 2015) por insuficiencia probatoria de servicios y reconocimiento previo del SII.
Angeline Francesca Lapierre Avalos emitió 26 boletas de honorarios a GS Outsourcing S.A. entre septiembre 2012 y octubre 2014 por servicios de asesoría. El SII las calificó de ideológicamente falsas durante fiscalización a la empresa receptora, argumentando que facilitaban pagos de bonos a ejecutivos. Se negó devoluciones de impuestos de los AT 2013, 2014 y 2015 por retenciones improcedentes, alegando falsedad documental. La Fiscalía decretó no perseverar respecto de la reclamante.
El tribunal concluyó que aunque la reclamante no acreditó efectividad de servicios prestados, el SII reconoció explícitamente en liquidaciones a GS Outsourcing S.A. (fojas 161 y 169) que las prestaciones fueron acreditadas durante fiscalización al receptor, lo que resulta contradictorio. No se aportó prueba de la supuesta declaración del representante legal reconociendo falsedad. La calificación de falsedad documental no se restringe a facturas de ventas sino que se extiende a boletas de honorarios. Sin acreditarse efectividad de servicios, las rentas no califican como del artículo 42 N°2 de l
Se acoge parcialmente el reclamo. Se dejan sin efecto las Liquidaciones Nos. 937 y 938 (AT 2013-2014). Se reliquidifica la Liquidación N°939 (AT 2015), determinando reintegro de $257.629 en exceso devuelto. Cada parte paga sus propias costas.
“LAPIERRE AVALOS, ANGELINE FRANCESCA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Oriente”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, cinco de diciembre de dos mil veinticuatro.
VISTOS:
A fojas 2, comparece don Ricardo Celaya Bastidas , RUT N°10.666.128-6, abogado, en representación de ANGELINE FRANCESCA LAPIERRE AVALOS , RUT N°17.959.274-6, con giro en actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión, ambos domiciliados en calle Cerro El Plomo 5630, oficina 1601, comuna de Las Condes, quien, de conformidad con lo previsto en los artículos 12 3 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra de las Liquidaciones Nos. 937 a 939 , practicadas con fecha 2 4 de agosto de 2016, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente (en adelante, DRMSO) del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII) , solicitando sean dejadas sin efecto , con costas , en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo titulado: “ANTECEDENTES”, explica que el origen del emplazamiento realizado a la reclamante mediante la Citación N°93, de fecha 26/04/2016, se funda en el hecho de que con motivo de la fiscalización iniciada en contra de la sociedad Siglo Outsourcing S.A., RUT N°96.943.920-4, se procedió en cuestionar ciertos emisores de boletas de honorarios que tenían como receptor de las mismas la sociedad antes individualizada, figurando dentro de dichos emisores la reclamante.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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