Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Tribunal · solo Pro
VILLA RIFFO con SII
Fecha: 21-02-2025 · Materia: Liquidación · Juez: María Francisca Villamán Rodríguez
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo contra liquidación de impuesto a la renta por crédito puesto a disposición de socio, reduciendo el monto procedente por aplicación de porcentaje de participación.
Villa Riffo, contador auditor, declaró en su F22 del AT 2014 un crédito de $1.311.523 puesto a su disposición como socio de Villa Auditores Consultores Ltda. El SII cuestionó esta deducción mediante Citación N°144519422 del 10/11/2016, alegando inconsistencia con lo informado por la sociedad. Ante falta de respuesta del contribuyente, el SII practicó liquidación del 16/05/2017 determinando impuesto adicional. El reclamante alega que la sociedad informó créditos de $1.385.731 a distribuir entre socios, siendo procedente su utilización parcial.
El tribunal constata que la sociedad Villa Auditores efectuó declaración de renta aceptada por el SII con devolución aprobada, lo que implica verificación de PPM pagados y acreditación del crédito entregado a socios. El reclamante mantenía participación del 91% en la sociedad. Conforme a reglas de lógica, el crédito de $1.385.731 debe distribuirse a prorrata de participación, resultando para el reclamante $1.261.015 (91%) y no $1.311.523 utilizados. Respecto a rentas de capitales mobiliarios por $276.931, el reclamante no aportó prueba, confirmándose ese agregado. El tribunal aplica sana críti
Se acoge parcialmente el reclamo, modificándose la liquidación para reconocer crédito de $1.261.015 en lugar de $1.311.523, determinando impuesto global complementario adeudado de $89.739 al 30/04/2014 más reajustes e intereses. Cada parte paga sus propias costas.
“VILLA RIFFO, JOSE ABRAHAM con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS;
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 2 , comparece don Juan Pablo Guzmán Giesen , RUT N°7.345.281 -3, abogado, en representación de don JOSE ABRAHAM VILLA RIFFO, RUT N°6.031.311-3, contador auditor, ambos domiciliados en Monseñor Félix Cabrera N°14, Of 53, comuna de providencia, quien, de conformidad con lo establecido en los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, interpone reclamo en contra de la Liquidación N°415103000278, practicada con fecha 16 de mayo de 2017, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente (en adelante, DRMSO) del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando dejarla sin efecto, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
Explica que , con fecha 16 /05/2017, el Jefe del Departamento Fiscalización Personas y Micro- Pequeña Empresas, de la Unidad de Providencia de la DRMS O del SII, practicó la liquidación reclamada, notificada con igual fecha, en que se indicó que revisada la declaración de impuesto a la renta de la actora, correspondiente al año tributario (en adelante, AT) 2014, F ormulario 22 (en adelante, F22) , folio 217617634 , de fecha 16 /04/2014, se objeta la deducción de $1.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
Todos los fallos que publican los Tribunales Tributarios y Aduaneros, junto a las sentencias de Cortes de Apelaciones y Corte Suprema y los oficios, circulares y resoluciones del SII, fáciles de encontrar para tu caso. Actualizado a diario.
Acceso ilimitado a la jurisprudencia que necesitas.
Busca, abre y descarga todos los fallos que haga falta, sin límite.
Sentencias tributarias de segunda instancia y casación, y los requerimientos de inaplicabilidad sobre preceptos tributarios.
Cargando el buscador…
Selecciona una ley y un artículo para ver su texto vigente.
Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.
Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
Selecciona Oficios, Circulares o Resoluciones en la barra lateral y luego un documento para ver su contenido completo.
Cubre más de 4.000 oficios, 830 circulares y 1.600 resoluciones del SII. Filtra por año o busca en materia, criterio y texto completo.