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Tribunal · solo Pro
SOCIEDAD DE FOMENTO AGRÍCOLA DE TEMUCO A.G. con SII
Fecha: 23-07-2025 · Materia: Modificación individual de avalúo bien raíz no agrícola · Juez: Orlando Iván Cuevas Reyes
ACOGEAvalúo +5.000M Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge nulidad de resolución que modificó avalúo de bien raíz agrícola a no agrícola por defecto de fundamentación del acto administrativo.
La Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco A.G. es propietaria del bien raíz rol 3203-39 de Temuco, previamente avaluado en $0 y clasificado como agrícola. El SII emitió Resolución Exenta N°A09.2024.00001933 el 17 de enero de 2024, modificando el avalúo a $5.821.253.769 y cambiando la clasificación de serie agrícola a no agrícola. La reclamante impugnó esta resolución por falta de fundamentación y alegó que el predio mantiene destinación agrícola o predominantemente agrícola con restricciones que no fueron consideradas.
El Tribunal constató que la Resolución Exenta N°A09.2024.00001933 carece de debida fundamentación tanto en hechos como en derecho. La resolución se limita a mencionar el análisis realizado, referencias normativas genéricas y fecha de visita, sin explicar las circunstancias específicas consideradas para cambiar de serie ni los coeficientes de ajuste aplicados. El Servicio no fundamentó cuál fue el destino asignado ni el porcentaje de terreno clasificado como 'otros no considerados'. La validez del acto no puede fundarse en alegaciones posteriores del SII. Existe perjuicio económico evidente: au
Se acoge reclamo de nulidad interpuesto por la Sociedad de Fomento Agrícola de Temuco A.G. Se deja sin efecto Resolución Exenta N°A09.2024.00001933 de 17 de enero de 2024. Se rechaza condena en costas estimando que el SII tuvo motivo plausible para litigar.
Temuco, veintitrés de julio de dos mil veinticinco.
VISTOS:
A fojas 1 y siguientes, comparece el abogado don Román Gómez Contreras, en representación según acredita de la SOCIEDAD DE FOMENTO AGRÍCOLA DE TEMUCO A.G. RUT 81.389.900, Asociación Gremial representada legalmente por don Eduardo Enrique Renner Vyhmeister, todos con domicilio para estos efectos en Avenida San Martín N° 828, Temuco, quien dentro de plazo legal y de conformidad a lo establecido en el artículo 1 50 del Código Tributario interpone reclamo en contra de la Resolución Ex enta N°A09.2024.00001933, emitida por el Servicio de Impuestos Internos el 17 de enero de 2024, por la cual se modificó a partir del 1 de e nero de 2024 el avalúo del bien raíz rol 3203-39 ubicado en la comuna de T emuco, registrado en las bases de datos del Servicio de Impuestos Internos a nombre de la reclamante , pasando de $0 a $5.821.253.769, resolviendo el acto reclamado un cambio en la clasificación del predio desde la serie agrícola a la no agrícola, reclamo que formula en base a los antecedentes y fundamentos que se resumen a continuación:
I.- Fundamentos del reclamo: 1.- Alega en primer término la falta de fundamentación del acto reclamado, señalando que el acto administrativo no se sustenta a si mismo careciendo de toda argumentación y configurando un actuar propio de las facultades exorbitantes de la administración en perjuicio del administrado. 2.- En segundo término, alega las causales de los números 1,2 y 3 del artículo 149:
a) Determinación errónea de la superficie del inmueble: Señala que acreditará en la etapa procesal que corresponda que el Servicio de Impuestos Internos ha establecido una errada superficie de los terrenos respecto de los cuales se ha aplicado el avalúo fiscal del inmueble, estableciendo que la cabida real del inmueble es de 15,81 hectáreas en circunstancias que el Servicio consideró 17,72 hectáreas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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