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Tribunal · solo Pro
SIELFELD GUNDLACH con SII
Fecha: 24-09-2025 · Materia: Giro; Resolución · Juez: Anselmo Iván Cifuentes Ormeño
RECHAZA No Ha Lugar
Reclamación contra sobretasa de impuesto territorial en sitio eriazo. Se rechaza por falta de solicitud administrativa previa de exención pese a prohibición parcial de edificar por expropiación.
Juan Ernest Sielfeld Gundlach reclama contra los giros números 1892000121 y 1892000221, emitidos el 26 de marzo de 2021, que imponen sobretasa de impuesto territorial sobre inmueble rol 2000-27 ubicado en Talcahuano, designado como sitio eriazo. El predio tiene avalúo fiscal de $86.004.012 para 2021 y se le cobró sobretasa de $238.408. El reclamante alega que el inmueble tiene prohibición de edificar por encontrarse parcialmente afecto a futura expropiación mediante congelamiento.
El tribunal analiza que conforme a la Circular SII N°31 de 12 de julio de 2019, interpretando el artículo 8 de la Ley N°17.235, se debe revisar de oficio la sobretasa cuando existe prohibición de edificar acreditada por documento oficial municipal. El SII reconoce que según Certificado de Informaciones Previas DU-CIP N°462/21 y Certificado DU-AUP N°325, el predio está parcialmente afecto a utilidad pública (19,78% de 2.021 m²) por expropiación. Sin embargo, el SII sostiene que para acceder a la exención parcial del impuesto territorial conforme al artículo 99 de la Ley General de Urbanismo y C
Se rechaza la reclamación presentada. El tribunal no acoge las peticiones del demandante de anular los giros de sobretasa, por cuanto la exención requiere tramitación administrativa previa debidamente formalizada, que no consta en el expediente.
Concepción, a la fecha indicada en el pie de firma.
VISTOS:
En lo principal del escrito de fojas 10 y siguientes, comparece el abogado don Jorge Montecinos Araya , Rut n° 9.086.407 -6, domiciliado en Chacabuco n° 1085, oficina n° 1102, Concepción en representación de don JUAN ERNEST SIELFELD GUNDLACH, mecánico, RUT n° 3.275.870-3, con domicilio en Jaime Repullo n° 286, Talcahuano, exponen que vienen en interponer reclamo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario, en contra de los giros folios números 1892000121 y 1892000 221 emitidos con fecha 26 de marzo de 2021, ordenes de ingreso de la sobretasa prevista en el artículo 8 de la Ley n° 17.235 sobre Impuesto Territorial respecto del bien raíz rol 2000-27, de la comuna de Talcahuano.
Estructura su presentación conforme a los siguientes acápites:
I. Antecedentes generales.
Al efecto, señala que el inmueble rol 2000 -27 de la comuna de Talcahuano, que se ubica en calle Jaime Repullo n° 296, LT. D Huertos
Familiares, corresponde a la zona homogénea XMB068 y se le ha asignado el destino de sitio eriazo por parte del Servicio de Impuestos Internos.
Por su parte, determinó que para el año 2021, el avalúo fiscal de la propiedad alcanzase los $86.004.012 y liquidando un impuesto territorial cuyas cuotas ascienden a $238.408, a las cuales se le ha recargado la sobretasa prevista en el art. 8 de la Ley n° 17.235, por un monto equivalente a $238.408. II. De las razones para dejar sin efecto los giros de reemplazo folios 1892000121 y 1892000 221, que representan ordenes de ingreso de la sobre tasa prevista en el art. 8 de la Ley n° 17.235.
1. Al efecto, cita el artículo 8 de la Ley n° 17.235.
2. Señala que conforme lo ha destacado la propia Dirección
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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