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Tribunal · solo Pro
MEJIAS LOPEZ con SII
Fecha: 07-08-2026 · Materia: Liquidación
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente la reclamación contra liquidaciones que rechazaban devolución de impuestos por dividendos de empresa vinculada a fraude. Se confirma el reintegro pero se anula la multa por carecer de fundamento legal específico.
José Mauricio Mejías López declaró en AT 2017 ingresos por dividendos de Inmobiliaria Majegui S.A. ($28.382.537) y solicitó devolución por crédito de IDPC ($5.497.780), que le fue pagada en mayo 2017. El SII, tras investigación de maniobra fraudulenta en esa sociedad (66 accionistas ficticios reclutados para obtener devoluciones indebidas), emitió liquidaciones en enero 2022 rechazando la devolución, ordenando reintegro más multa. El reclamante argumentó ser accionista legítimo y que la fiscalización estaba prescrita.
El tribunal determinó que: (1) la declaración fue maliciosamente falsa conforme artículo 200 CT, pues el reclamante sabía o debía saber de su falsedad; la investigación reveló patrón de fraude coordinado, domicilios comunes, mismo IP en declaraciones, y el reclamante no acreditó capacidad económica ni percepción efectiva de dividendos; (2) procedía aplicar plazo extraordinario de 6 años; (3) sin embargo, respecto de la multa, la ley especial (art. 97 LIR) para devoluciones indebidas contempla solo reintegro, reajustes e intereses, no la multa del artículo 97 N°11 CT (que requiere retardo en pa
Se acoge parcialmente el reclamo. Se dejan sin efecto únicamente la multa de artículo 97 N°11 CT de $2.422.304. Se mantiene el reintegro de $3.453.527 más reajustes ($583.647) e intereses ($3.451.784). Se rechaza la prescripción invocada. Cada parte paga sus costas.
Mil ciento siete –1.107–
“MEJÍAS LÓPEZ, JOSÉ con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DRM STGO. NORTE”
RUC N°Rol · solo Pro
RIT N°Rol · solo Pro
Santiago, siete de agosto del año dos mil veintiséis.
VISTOS:
A fojas 3, comparece don Cristóbal Sergio East Tomicic, abogado, cédula de identidad N°9.614.432-6, en representación de don JOSÉ MAURICIO MEJIAS LOPEZ , RUT N° 11.852.666-K, ambos domiciliados en calle Santo Domingo N°664, comuna de Santiago , quien, conforme a l
Procedimiento General de Reclamaciones , interpone reclamo en contra de las Liquidaciones Nos. 3 y 4, emitidas y notificadas con fecha 31/0 1/2022, por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte del Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), solicitando se confirmen los ingresos declarados en el Formulario 22 (en adelante, F22) correspondientes al Año Tributario (en adelante, AT) 2017 son correctos ; que se dejen sin efecto las liquidaciones ; y, que se declare prescrita la acción del SII para revisar dicho periodo , sin costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su reclamo titulado: “
ANTECEDENTES DE HECHO ”, explica que el SII mediante
Reservado N°17 de fecha 23/07/2019, emitido por el Departamento de Delitos Tributarios, remitió a la Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte, antecedentes mediante el cual se informa que el reclamante , realiz ó actos encaminados obtener devoluciones indebidas de crédito por impuestos de primera categoría (en adelante, IDPC), mediante maniobras maliciosas tendientes a ser incorporado como accionista de la empresa Inmobiliaria Majegui S.A ., RUT 96.874.130-6, para percibir supuestos dividendos y solicitar devoluciones de los créditos por IDPC asociados a ellos durante el año comercial 2016 e informados en el F 22 del AT 2017. Refiere que por lo anterior, su parte fue citada y posteriormente se emitió la liquidación .
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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