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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA VALMAR LTDA. con SII
Fecha: 09-12-2013 · Materia: Tasación general bien raíz agrícola ; Tasación general bien raíz no agrícola
ACOGE Ha Lugar
Se acoge reclamo de Inmobiliaria Valmar contra avalúo de bien raíz por error en medida de frente: 2541 metros versus 26,77 metros reales, con corrección de coeficiente de ajuste frente-fondo de 1,0 a 0,9.
Inmobiliaria Valmar Ltda. reclama el avalúo del inmueble rol 5312-80 de Talcahuano en el proceso de reavalúo general 2013 de bienes raíces no agrícolas. Sostiene que el Servicio de Impuestos Internos registró erróneamente un frente de 2541 metros cuando en realidad mide 26,77 metros, lo que afecta el coeficiente de ajuste frente-fondo que aparece como 1,0 siendo debido 0,9. El SII posteriormente reconoce en visita inspectiva que el frente correcto es 26,77 metros.
El tribunal establece que se interpuso reclamo dentro de plazo conforme artículos 149 del Código Tributario, invocando causales de aplicación errónea de tablas de clasificación y errores de transcripción, copia o cálculo. El SII reconoce posteriormente mediante visita inspectiva del Departamento Regional de Avaluaciones que el frente del predio es efectivamente 26,77 metros, no 2541 metros, extinguiendo la controversia. Al ser reconocido este hecho por el ente fiscalizador, la causal del numeral 3 del artículo 149 CT ya no es controvertida, permitiendo acoger el reclamo fundadamente.
Se acoge reclamo y ordena modificar la tasación fiscal del inmueble rol 5312-80 de Talcahuano, corrigiendo el frente a 26,77 metros y aplicando coeficiente de ajuste 0,9 por relación frente-fondo. Se ordena al SII determinar correctamente el avalúo. No se condena en costas.
Concepción, nueve de diciembre de dos mil trece.
VISTOS:
A fs. 53 y siguientes, comparece don Mario Felipe Rojas
Sepúlveda, Abogado, RUT N° 9.028.035 -K, en representación de la INMOBILIARIA VALMAR LIMITADA, RUT N° 89.902.900 -3, ambos domiciliados para es tos efectos en calle Trinitarias N° 159, Concepción. Expresa que, conforme al artículo 149 del Código Tributario interpone reclamación en contra del avalúo asignado al inmueble rol n ° 5312 -80 de la Comuna de Talcahuano, fundado en las causales establecida s en los numerales 2 y 3 de la señalada norma legal.
Agrega que, conforme al nuevo avalúo exhibido, el inmueble rol n° 5312-80 de la comuna de Talcahuano tendría un frente de 2541 metros, en circunstancias que en realidad e ste sería de 26,77 metros, ello tendría como consecuencia que el factor “frente/fondo” debiese ser de 0,9 y no de 1,0 como figura en el nuevo avalúo exhibido. Con costas.
A fs. 56, se tuvo por interpuesto el reclamo en contra del inmueble rol n ° 5312 -80 de la comuna de Talcahuano y se ag regaron al proceso los documentos acompañados, sa lvo el individualizado bajo el n ° 2. En la misma resolución, se confirió traslado al Servicio de Impuestos Internos para contestar.
A fs. 59, se tuvo presente la delegación de poder conferida.
A fs. 61 y siguientes, comparece la Directora Regional de la VIII
Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos, solicitando tener por evacuado el traslado del reclamo otorgado al Servicio, contestando la reclamación del avalúo del bien raíz r ol 5312-80 de la comuna de Talcahuano. Al efecto, el Servicio estructura su presentación en tres capítulos: Consideraciones previas, Reclamo y Contestación.
Haciéndose cargo de las argumentaciones vertidas en el escrito de reclamo, desarrolla en el acápite denominado “Co ntestación”, su defensa en atención a los siguientes sub acápites:
A.- En cuanto a las causales invocadas: no existen errores de trascripción, de copia o de cálculo.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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