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Tribunal · solo Pro
ZONA FRANCA DE IQUIQUE S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 21-02-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: mario_guzman_cortes
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamo de ZOFRI S.A. contra reavalúo de bien raíz, modificando clasificación de construcción de hormigón armado (clase B) a acero (clase A), reduciendo avalúo de $1.126.203.344 a $861.619.778.
ZOFRI S.A., administradora de la Zona Franca de Iquique, reclama el reavalúo del rol 85-173 efectuado por el SII para el período 2013-2017. El SII tasó el terreno en $48.967.104 y la construcción (galpón de 4 pisos, 3.135 m²) en $1.077.236.240, clasificándola como hormigón armado, clase B, calidad 3. ZOFRI argumenta que la construcción utiliza pilares y vigas IPE con cerramientos en albañilería de bloque, sin terminaciones, correspondiéndole clase A (acero) y calidad 4, no 3.
El tribunal establece que la calidad de construcción se determina por características técnicas según anexo 3 de Resolución Exenta 132/2012. Reconoce que la construcción presenta dos características: (1) al menos un recinto de 100 m² por piso, y (2) altura de 2,5 m o más en superficie de 10 m² o más. Con dos características en rango 0-5 para construcción de 4 pisos, corresponde calidad 3 (media). Sin embargo, acoge el cambio de clase de B (hormigón armado) a A (acero), conforme a visita inspectiva de agosto 2013, ya que las losas no son de hormigón armado como exige la Ordenanza General de Cons
Acoge parcialmente el reclamo. Confirma avalúo del terreno en $48.967.104. Modifica avalúo de construcción de $1.077.236.240 a $812.652.674 por cambio de clase B a clase A. Avalúo total modificado: $861.619.778. Ordena devolución de $3.378.610 pagados en exceso (cuotas 2013-2014) o su imputación a cuotas futuras. Sin costas.
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TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ
Rol · solo Pro
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ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A.
RUT 70.285.500-4
Iquique, veintiuno de febrero del dos mil catorce.
A fs. 1 comparece don RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Abogado, en representación de ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A. , R.U.T N° 70.285.500-4, empresa encargada de la administración y explotación de la Zona Franca de Iquique, en adelante ZOFRI S.A., conforme a mandato judicial que acompaña, ambos domiciliados en Edificio de Convenciones s/n, de la Zona Franca de esta ciudad, quien de conformidad a lo establecido en los Artículos 149° y siguientes del Código Tributario; 4°, 17° y siguientes de la Ley 17.235, sobre Impuesto Territorial, reclama contra la tasación fijada por el SII en contra del Rol 85 -173, de la Comuna de Iquique, para el periodo 2013-2017, conforme consta de fs. 17, por la suma total de $1.126.203.344. -, que se desglosa del modo siguiente:
TERRENO
LÍNEA ÁREA
HOMOGÉNEA
VALOR
UNIOTARIO
MTR2
FRENTE FONDO GUÍA COEFICIENTE
CORRECTOR OTROS SUPERFICIE
MTRS.2 AVALÚO 01 IMB003 65.816 24,34 31 1 1 1 744 48.967.104
CONSTRUCCIONES
LÍNEA CLASE CALIDAD AÑO CONSTRUCCION N°
PISOS DESTINO COEFICIENTE
COMERCIAL COEFICIENTE CANTIDAD
MTRS.2 AVALÚO GUIA CORR. EDAD OTROS 01 B 3 2010 4 L 1 1 0,976 1 3.135 1.077.236.240
TOTAL 1.126.203.344 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE ZOFRI S.A. 1.- Con fecha 25 de Abril de 1977, se dicta la denominada Ley de Zonas
Francas o D.F.L. N° 341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que autoriza el establecimiento de Zonas Francas en Iquique y Punta Arenas.
El artículo 11° de ese cuerpo legal señala que la Administración y Explotación de las Zonas Fr ancas será entregadas por el Estado de Chile, a través del 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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