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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA Y CONSULTORA NEXO S.A. con SII
Fecha: 04-03-2014 · Materia: Resolución
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamación de Nexo S.A. contra denegación de devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas de $273.239.497 correspondientes a año tributario 2010, confirmando resolución del SII.
Inmobiliaria y Constructora Nexo S.A., en calidad de quiebra representada por su síndico, solicitó en declaración de impuesto a la renta año tributario 2010 la devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas por $273.239.497. El Servicio de Impuestos Internos denegó esta devolución mediante Resolución Exenta N°1670(79) de 5 de abril de 2013, aduciendo que el contribuyente no cumplió con requerimientos de documentación contable-tributaria efectuados en múltiples notificaciones entre mayo de 2010 y noviembre de 2012. La reclamante alegó haber dado cumplimiento a los requerimientos re
El tribunal analiza que la pérdida tributaria de $2.433.604.028 declarada no se encontró acreditada documentalmente en la contabilidad acompañada. Se constató que el contribuyente no concurrió a comparecencias ni subsanó inconsistencias en su declaración, impidiendo acreditar tanto la pérdida tributaria como los créditos de impuesto de primera categoría invocados. El tribunal estima que la solicitud de devolución ya fue resuelta previamente mediante Resolución Ex. N°215000000040 de 11 de marzo de 2011, emitida dentro del plazo de 12 meses del artículo 59 inciso final del Código Tributario. Con
Se rechaza la reclamación interpuesta por Inmobiliaria y Constructora Nexo S.A., confirmándose la Resolución Exenta N°1670(79) de 5 de abril de 2013 que deniega la devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas. Se declara que no hay condena en costas por haber la reclamante tenido motivos plausibles para litigar.
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“ INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA NEXO S.A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RIT: Rol · solo Pro
RUC N°: Rol · solo Pro
Santiago, cuatro de marzo de dos mil catorce.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Uno.- Que con fecha 24 de julio de 2013, a fojas 1 de autos comparece don MIGUEL HINZPETER SAGRE, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.797.4733, con domicilio en calle Miraflores N° 222 piso 7° Santiago, en representación, según patrocinio y poder que se presenta por escrito separado, de INMOBILIARIA Y CO NSTRUCTORA NEXO S.A., Rut N° 96.845.170-7, domiciliados en calle Amun átegui N° 277 oficina N° 803 Santiago, representada legalmente por don CARLOS ANTONIO PARADA ABATE, sindico de quiebras, cédula nacional de identidad N ro. 7.516.380-0, en su calidad de sí ndico titular de la quiebra de la reclamante, seguida ante el 10° Juzgado Civil de Santiago, Rol C -22. 774-2010, y que en la representación invocada ( en adelante la reclamante ) , conforme los artículos 124 y siguientes del Código Tributario, dedujo Reclamo en contra de la Resolución Exenta N ro. 1670 (79) de fecha 5 de abril de 2013, emanada del Departamento de Fiscalización de Medianas y Grandes Empresas de las Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, notificada por carta certificada de igual fecha, mediante la cual se deniega la devolución de pagos provisionales por utilidades absorbidas por el monto de $273.239.497, solicitada en declaración de impuesto anual a la renta año tributario 2010, folio 74214300, con forme los antecedentes de hecho y de derecho que expone: 1.- LOS HECHOS:
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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