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Tribunal · solo Pro
ZONA FRANCA DE IQUIQUE S A con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 08-05-2014 · Materia: Tasación general bien raíz no agrícola · Juez: Mario Segundo Guzmán Cortés
HA LUGAR EN PARTE Ha Lugar en Parte
Tribunal acogió parcialmente reclamo de ZOFRI S.A. contra tasación de terreno y construcción en Zona Franca, modificando clase de construcción de hormigón armado a acero y rebajando avalúo.
ZOFRI S.A., administradora de la Zona Franca de Iquique, reclamó la tasación general 2013-2017 del rol 85-115, avaluado en $949.268.547. El SII tasó el terreno en $42.122.240 y la construcción (galpón de 4 pisos, 2.640 m²) en $907.146.307, clasificándola como hormigón armado, calidad 3. ZOFRI alegó que la construcción era de acero con cerramientos de albañilería y que la calidad no correspondía a 3 conforme a los parámetros técnicos de la Resolución Exenta N°132/2012.
El tribunal reconoció que los parámetros técnicos de la Resolución Exenta N°132/2012 para determinar calidad de construcciones no habitacionales se basan en características específicas. Verificó que la construcción presentaba 2 de las 26 características requeridas (superficie de recinto superior a 100 m² y altura mayor a 2,5 m), lo que corresponde a calidad 3 conforme al cuadro técnico. Sin embargo, acogió el cambio de clase de hormigón armado a acero (clase A), pues el material dominante en estructura vertical era albañilería con refuerzo de concreto solo en pilares y cadenas. Consideró daños
Se acogió parcialmente el reclamo. Se confirmó el avalúo del terreno ($42.122.240) pero se modificó el de la construcción, cambiando su clase a A (acero) y rebajando el avalúo a $684.339.094. Se ordenó devolución de cuotas pagadas en exceso. A partir de 2014, se rebajó 20% el valor de construcción por daños sísmicos.
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TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE TARAPACÁ
Rol · solo Pro
Rol · solo Pro
ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A.
RUT 70.285.500-4
Iquique, ocho de mayo del dos mil catorce.
A fs. 1 comparece don RUBEN A NTONIO ESCOBAR GARCIA , Abogado, en representación de ZONA FRANCA DE IQUIQUE S.A. , R.U.T. 70.285.500-4, empresa encargada de la administración y explotación de la Zona Franca de Iquique, en adelante ZOFRI S.A. , conforme a mandato judicial que acompaña, ambos domiciliados en Edificio de Convenciones s/n, de la Zona Franca de esta ciudad, quien de conformidad a lo establecido en los Artículos 149° y siguientes del Código Tributario; 4°, 17° y siguientes de la Ley 17.235, sobre Impuesto Territorial, reclama con tra la tasación fijada por el SII en contra del rol 85-115, de la Comuna de Iquique, para el periodo 2013 -2017, conforme consta de fs. 15, por la suma total de $949.268.547.-, actualizado al primer semestre del 2013, que se desglosa del modo siguiente:
TERRENO
LINEA AREA
HOMOGENIA
VALOR
UNIOTARIO
MTR2
FRENTE FONDO GUIA COEFICIENTE
CORRECTOR
OTROS SUPERFICIE
MTRS.2
AVALUO 01 IMB003 65.816 20 32 1 1 1 640 42.122..240
CONSTRUCCIONES
LINEA CLASE CALIDAD AÑO CONSTRUCCION N°
PISOS
DESTINO COEFICIENTE
COMERCIAL
COEFICIENTE CANTIDAD
MTRS.2
AVALUO
GUIA CORR. EDAD OTROS 01 B 3 2010 4 L 1 1 0,976 1 2.640 907.146.307
TOTAL 949.268.547 1.- ANTECEDENTES GENERALES DE ZOFRI S.A: 1.- Con fecha 25 de Abril de 1977, se dicta la denominada Ley de Zonas Francas o D.F.L. N°341, de 1977, del Ministerio de Hacienda, que autoriza el establecimiento de Zonas Francas en Iquique y Punta Arenas. 2
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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