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Tribunal · solo Pro
TRANSPORTES CERRILLOS LTDA con SII
Fecha: 02-06-2014 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
ACOGE Confirmatorio Ha Lugar
Tribunal acoge reclamo y deja sin efecto resolución que negaba devolución de $5.598.940 por PPM y crédito SENCE, constatando que contribuyente acreditó totalidad de ingresos declarados.
Transportes Cerrillos Ltda. solicitó devolución de $5.598.940 en su declaración de renta AT 2012 (F22 folio 231359292), conformada por $5.348.190 de Pagos Provisionales Mensuales y $250.750 de crédito por gastos de capacitación. El SII rechazó la devolución mediante Resolución Exenta N° 214109000050 de 19 de noviembre de 2012, alegando que la declaración estaba observada. Las observaciones eran: A08 sobre subdeclaración de ingresos en códigos 628, 851, 629 o 651, y F23 sobre anotaciones en Registro de Inicio de Actividades. La contribuyente no compareció a fiscalización pese a notificación del
El Tribunal rechaza la alegación del SII de que no puede conocer antecedentes no presentados en etapa administrativa, sosteniendo que ello violaría derechos de defensa y que el artículo 132 inc. 11 CT contempla limitaciones expresas solo en ciertos casos específicos. Analiza normativa de devolución de PPM (arts. 94-97 LIR) concluyendo que es requisito esencial tener bien determinado el resultado del ejercicio. Examina la observación A08: constata que ingresos F29 ($804.110.347) son menores a ingresos contables ($804.186.834), es decir, los ingresos declarados en F22 para Renta ($804.465.496 se
Se acoge reclamo de Transportes Cerrillos Ltda. Se deja sin efecto Resolución Exenta N° 214109000050 de 19 de noviembre de 2012 del SII. Se condena en costas a la reclamada por haber sido totalmente vencida.
UN pa
SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A DOS DE JUNIO DE DOS MIL CATORCE.
VISTOS:
El escrito de fecha 15 de mayo de 2013, rolante fojas 1 a 10 de autos, presentado por don JUAN PABLO CABELLO PALMA, RUT
N* 12.694.941-3, domiciliado en Avenida Alonso de Córdova NS 5900, oficina 301, comuna de las Condes, Santiago, Región Metropolitana, en representación de la empresa TRANSPORTES CERRILLOS LIMITADA, RUT
N* 30.935.000-2, domiciliado en calle Dagoberto Godoy N* 145, comuna de Cerrillos, Santiago, Región Metropolitana, mediante el cual interpone reclamo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario, en contra de la Resolución Exenta N* 214109000050 de fecha 19 de noviembre de 2012, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos, que resolvió no dar lugar a la devolución solicitada por el contribuyente litigante, por un monto ascendente a $5.598.940.- fundado en que la Declaración de Impuesto a la Renta Año Tributario 2012 del reclamante, se encontraba observada por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SIT).
En su reclamo el contribuyente sostiene, en resumen, que para el AT 2012, presentó el Formulario N* 22, folio N% 231359292, a través del cual solicitó devolución ascendiente a $5.598.940.-, la cual se conformaba de $5.348.190.- por concepto de Pagos Provisionales Mensuales (en adelante PPM), y $250.750.- por concepto de Crédito por Gastos de Capacitación (en adelante Crédito SENCE) y que el SII mediante el acto administrativo que se reclama, con fecha 19 de Noviembre de 2012 denegó la devolución solicitada principalmente, por cuanto su representada tendría observada su declaración.
Asimismo indica que su mandante, al 31 de diciembre de 2011 había pagado el monto de los PPM y obtenido el Crédito por Gastos de Capacitación y MS
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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