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Tribunal · solo Pro
INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA con SII
Fecha: 30-06-2015 · Materia: Liquidación · Juez: miguel_andres_massone_pardo
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo por falta de prueba de gastos deducibles. Confirma liquidaciones por IVA y Renta al determinar que contribuyente no acreditó que gastos relacionados con proyecto inmobiliario cumplieran requisitos de necesariedad y relación con el giro.
Inversiones Santa Victoria Limitada fue fiscalizada por IVA en período agosto 2009-julio 2012. Mandatario Marcos Vásquez Calderón rectificó declaraciones mensuales reconociendo facturas ajenas al giro por $7.551.208 de IVA. Posteriormente otro apoderado rechazó rectificar los formularios de Renta. SII emitió Citación N°176/14 cuestionando gastos: consumo salón de té, iluminación LED, cortinas, muebles y lámparas. Contribuyente respondió justificando gastos. SII emitió Liquidaciones N°03-09 del 24 enero 2013 rechazando todos los gastos cuestionados.
El tribunal acreditó que Marcos Vásquez Calderón poseía poder especial otorgado por notario el 26 septiembre 2012 para rectificar declaraciones e IVA. Por lo tanto estaba debidamente facultado para realizar las rectificaciones. Las liquidaciones de IVA son simples actos de ejecución derivados de las propias declaraciones rectificatorias del contribuyente, razón por la cual aplica la doctrina que sanciona toda pretensión contra actos propios. Respecto de los gastos, el tribunal constató que la parte reclamante no aportó prueba alguna para acreditar que los gastos correspondan a compras relacion
Se rechaza el reclamo interpuesto por Inversiones Santa Victoria Limitada contra Liquidaciones N°03 a 09 de 24 enero 2013, confirmándose éstas. Se condena en costas al reclamante.
“INVERSIONES SANTA VICTORIA LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Oriente”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT GR - 18 - 00073-2013
Santiago, treinta de junio de dos mil quince.-
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Fernando Fuad Zaror Abusleme, factor de comercio, R.U.T. N°7.743.136-5, en calidad de representante legal de Inversiones Santa Victoria Limitada, R.U.T. N°78.935.600-9, ambos domiciliados para estos efectos en calle Luis Pasteur N° 5842, Oficina 402 (Mansarda Norte), comuna de Vitacura , Santiago , interponiendo reclamo en contra de las Liquidaciones N°03 a l 09, de 24 de enero de 2013, emitidas por la Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos.
En el capítulo I de su libelo de reclamo, relativo a antecedentes de hecho, explica que con fecha 11 de septiembre de 2012, mediante Notificación N°24345, dentro del programa “Fiscalización Base Imponible afecta a IVA de empresas Constructoras” , se requirió a la reclamante que aportara los antecedentes relativos al correcto cumplimiento de la declaración y pago del Impuesto al Valor Agregado de Empresas Constructoras de los períodos comprendidos entre a gosto del 2009 a julio del 2012, conforme a lo dispuesto en el artículo único de la Ley N° 18.320, de 1984.
Expone que al concurrir a la fiscalización con la documentación solicitada, don Marcos Vásquez Calderón, mandatario acreditado, erróneamente rectificó diferencias, por lo que a juicio del Servicio constituirían facturas ajenas al giro y sin documentación de respaldo, por un monto total de Impuesto al Valor Agregado de $7.551.208 y que posteriormente, al notar el error, don Mario Alonso Morales, Contador Auditor responsable de la contabilidad de la reclamante, al no estar de acuerdo con la rectificación efectuada en materia de IVA, no rectificó la diferencia determinada por el Servicio en materia de Impuesto a la Renta.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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