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Tribunal · solo Pro
INMOBILIARIA PARQUES Y JARDINES S.A. con SII
Fecha: 30-12-2015 · Materia: Resolución · Juez: felipe_munoz_albonico
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Inmobiliaria Parques y Jardines S.A. contra resolución del SII que negó devolución de PPM y crédito SENCE por no subsanar observaciones administrativas A55 y S02.
Inmobiliaria Parques y Jardines S.A. presentó declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de $140.705.542 por PPM y $16.136.500 por crédito SENCE. El SII sometió la declaración a control detectando dos observaciones: A55 (inconsistencia en gastos de capacitación con información SENCE) y S02 (pérdida de ejercicios anteriores superior a ingresos declarados). La contribuyente no aportó antecedentes para subsanar las observaciones. El SII dictó Resolución Ex. N°1522 de 19.03.2014 denegando la devolución.
El tribunal razona que el sistema tributario se basa en autodeclaraciones sujetas a control del SII. El contribuyente tiene la carga de probar sus declaraciones conforme artículo 21 CT. El plazo del artículo 97 LIR no es absoluto cuando existen observaciones pendientes de subsanar. La resolución reclamada se encuentra debidamente fundada al indicar las observaciones A55 y S02 con sus respectivos fundamentos. La contribuyente tuvo oportunidad de aportar antecedentes tanto en sede administrativa como judicial y no lo hizo. No se acreditó fehacientemente el derecho a la devolución solicitada. La
Se rechaza reclamo y se confirma Resolución Ex. N°1522 de 19.03.2014 que denegó devolución de PPM y crédito SENCE. Se condena en costas a la reclamante por no tener motivo plausible para litigar.
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“INMOBILIARIA PARQUES Y JARDINES S.A con SII, DIRECCIÓN REGIONAL
SANTIAGO CENTRO”
RIT: Rol · solo Pro
RUC: Rol · solo Pro
Santiago, treinta de Diciembre de dos mil quince.
VISTOS:
I. FASE DE DISCUSIÓN:
UNO: A fojas 1 y siguientes , con fecha 04 de Julio de 2014 , comparece doña EMMA RIVERA GATICA, abogado y mandataria judicial , en representación de Inmobiliaria Parques y Jardines S.A. , Rut N°96.516.000 -0, en adelante indistintamente la empresa, sociedad del giro de su denominación, ambas domiciliadas en calle Mac-Iver N°225, piso 19, oficina 1901, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien señala que conforme el artículo 123 y siguientes del Código Tributario , interpone reclamo tributario en contra de la Resolución Ex. N°1522, de fecha 19 de marzo de 2014, notificada por cédula el 21 de marzo del mismo año, para efecto de que el tribunal sobre la base de los fundamentos que se analizarán, se sirva dejarla sin efecto en todas sus partes, resolviendo en definitiva: i. Ordenar al Director Regional Metropolitano Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos autorizar la devolución de los Pagos Provisionales
Mensuales enterados en arcas fiscales durante el año comercial 2012 o la suma que en definitiva se determine de acuerdo al mérito del proceso, debidamente actualizadas. ii. Autorizar la devolución del saldo a favor de su representada por concepto de crédito Sence. iii. Condenar en costas al Servicio de Impuestos Internos.
I.- ANTECEDENTES
Señala que en cumplimiento de sus obligaciones tributarias Inmobiliaria Parques y Jardines S.A., presentó su declaración de impuestos por el año tributario 2013, mediante Formulario 22, mediante la cual solicitó la devolución del saldo a favor de los siguientes conceptos: a) Pagos Provisionales Mensuales (“PPM”) por un monto de $140.705.542; y b) Crédito Sence por la suma de $16.136.500.-
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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