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Tribunal · solo Pro
EXPORTADORA SUN WEST S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Fecha: 30-12-2015 · Materia: Liquidación · Juez: Hernán Enrique Farías Sepúlveda
HA LUGAR EN PARTE Confirmatorio Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge parcialmente reclamación de Exportadora Sun West contra liquidaciones de Impuesto Adicional por remesas al extranjero, anulando aquellas relativas a Portugal y España, y parcialmente las de Brasil, manteniéndose otras.
Exportadora Sun West S.A. fue fiscalizada por el SII respecto de pagos efectuados al extranjero durante 2009 y 2010 por servicios de promoción y marketing en países como Argentina, Portugal, Brasil y España. El SII emitió liquidaciones Nos. 60 a 74 (26.06.2013) determinando diferencias de Impuesto Adicional por retenciones del artículo 74 LIR, alegando que la empresa no declaró ni enteró tales impuestos. La contribuyente presentó Formulario 1854 fuera de plazo el 17 y 19 de octubre de 2012, pagando multas, y alegó derecho a exención conforme al artículo 59 N°2 LIR e inaplicabilidad de Impuesto
El tribunal analizó si procedía la exención del Impuesto Adicional conforme al inciso segundo del N°2 del artículo 59 LIR para servicios de promoción y marketing. Determinó que respecto de remesas a Portugal y España, la contribuyente acreditó adecuadamente la prestación de servicios de promoción y marketing en el extranjero sin establecimiento permanente en Chile, por lo que se aplicaban convenios de evitar doble tributación (artículo 7) que limitaban el gravamen a país de residencia del prestador. Para Brasil, España y Portugal, en ciertos casos también procedía aplicar tratados. Rechazó que
Acoge totalmente reclamación respecto de liquidaciones Nos. 60, 63 y 64 (remesas a Portugal y España) dejándolas sin efecto. Acoge parcialmente para liquidaciones Nos. 61, 62, 65, 66, 70, 71, 72 y 73 dejándolas sin efecto parcialmente respecto de remesas a Brasil, España y Portugal. Rechaza reclamación contra liquidaciones Nos. 67, 68, 69 y 74. No condena en costas.
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“EXPORTADORA SUN WEST S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS
Rol · solo Pro
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Talca, treinta de diciembre de dos mil quince.
VISTOS:
A fojas 2.080 y siguientes, comparece don JAIME FRANCISCO ARMENGOLLI
HOCHKOPPLER, RUT N° 5.097.582-7, empresario agrícola, en representación de la sociedad EXPORTADORA SUN WEST S.A., RUT N° 96.811.410-7, de giro exportaciones de productos agrícolas, ambos domiciliados en Parcela 30 -B, San Luis de Miraflores S /N°, comuna de Longaví, quien conforme al Procedimiento General de Reclamaciones, contemplado en el artículo 123 y siguientes del Código Tributario , interpone reclamo tributario en contra de las Liquidaciones Nos. 60 a 74 , de fecha 26.06.2013, emitidas por la VII Dirección Regional Talca del Servicio de Impuestos Internos , las cuales determinaron diferencias de Impuesto Adicional por Retenciones del artículo 74 de la Ley sobre Impuesto a la Renta , respecto de los períodos de enero, febrero, agosto a octubre y diciembre de 2009 , y enero, febrero, mayo, julio a diciembre de 2010, fundamentadas en que no se habrían declarado ni enterado en arcas fiscales.
Alega como primer fundamento la procedencia legal de la exención de Impuesto
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
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