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Tribunal · solo Pro
VOGT GEBAUER con SII REGION DE LOS RIOS
Fecha: 03-08-2017 · Materia: Resolución · Juez: Hugo Alberto Osorio Morales
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Tribunal acoge reclamación tributaria de socio de cooperativa que pagó impuestos indebidamente por distribución de excedentes, ordenando devolución conforme a jurisprudencia reiterada de la Corte Suprema.
Enrique Alberto Vogt Gebauer, socio de la cooperativa Colun, realizó declaraciones de renta para los años 2010, 2011 y 2012 indicando montos a devolver. El SII cuestionó estas declaraciones argumentando que los excedentes distribuidos por operaciones con socios debían tributar como Impuesto de Primera Categoría. Sin retirar las liquidaciones, el contribuyente pagó giros por más de $121 millones el 27 de febrero de 2014. Posteriormente solicitó devolución fundado en que sentencias de la Corte Suprema determinaron que tal interpretación del Servicio era errada.
El Tribunal concluyó que la interpretación del SII respecto de la tributación de excedentes de cooperativas es errónea, conforme a jurisprudencia reiterada y uniforme de la Corte Suprema y del propio Tribunal. Aunque el SII puede mantener su interpretación administrativa, son los Tribunales quienes definitivamente resuelven el sentido de las leyes en controversias tributarias. El contribuyente actuó de buena fe siguiendo una interpretación anterior del Servicio (Ordinario N°549 de 2008), siendo injusto que otros contribuyentes en situación idéntica no paguen mientras él sí, por confiar en indi
Acoge reclamación tributaria. Deja sin efecto Resolución Exenta N° 77317070497 de 7 de marzo de 2017. Ordena devolución de sumas pagadas. Rechaza solicitud de dejar firmes declaraciones originales. No condena en costas.
Valdivia, tres de agosto de dos mil diecisiete.
VISTOS:
A fojas uno y siguientes, comparece el señor ENRIQUE ALBERTO VOGT
GEBAUER, RUT N° 7.887.284-5, domiciliado en parcelas N°3 y N°4 Ustaritz S/N, comuna de Los Lagos. Interpone reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 77317070497, del 7 de marzo de 2017 , emitida por la XVII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos y notificada el 8 de marzo de 2017, en virtud de los fundamentos que expone. Como antecedentes preliminares , se refiere a las declaraciones originales de impuestos, a los giros de diferencias emitidos por parte del Servicio y a la solicitud de devolución del 9 de diciembre de 2016. Respecto a las declaraciones originales señala que hizo oportunamente sus declaraciones de impuestos en la s que determinó como montos a devolver el de $17.083.167 para el AT 2010, de $12.335.272 para el AT 2011, y de $4.740.020 para el AT 2012. Tales declaraciones fueron cuestionadas por el Servicio generándose los giros que se detallará n. Respecto de los giros emitidos por el Servicio, sostiene que atendidas las observaciones de sus declaraciones de renta de los Años Tributarios 2010, 2011y 2012, que se relacionaban con los excedentes con Colun, el fiscalizador del Servicio no procedió a rectificar declaraciones de renta del contribuyente, sino que derechamente procedió a girar las diferencias que a su juicio incrementaban las rentas liquidas imponibles y su Impuesto Global Complementario de tales años, mediante la emisión de los Giros Formulario 21 N° 112377 por $50 7.235; N° 112373 por $18.348.142; N° 102829 por $20.186.703; N° 102781 por $1.685.616; N° 112383 por $2.823.325; N° 102833 por $3.449.335; N° 112279 por $12.54 1.887; N° 112295 por $78.878: N° 112307 por $194.364; N° 112311 por $1.921.215; N° 112317 por $228.453; N° 112349 por $48.449; N° 102841 por $35.359.656, todos por impuestos, reajustes, intereses y multas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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