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Tribunal · solo Pro
JUMBO ADMINISTRADORA TEMUCO SA con SII
Fecha: 11-04-2018 · Materia: Resolución · Juez: miguel_andres_massone_pardo
RECHAZA+100M No Ha Lugar
Se rechaza reclamo tributario de Jumbo Administradora Temuco SA contra resolución que deniega devolución de impuestos por falta de acreditación de antecedentes durante fiscalización.
Jumbo Administradora Temuco SA presentó declaración de impuesto a la renta para 2013 solicitando devolución de $124.803.538. El SII formuló observación A09 respecto a inconsistencias en gastos de remuneraciones. La empresa fue citada a comparecer el 09/08/2013 pero no aportó antecedentes requeridos. El SII emitió nueva observación el 05/11/2013 y posteriormente dictó resolución denegando la devolución el 19/11/2013. La empresa reclamó alegando falta de fundamentación y error en el procedimiento de fiscalización.
El tribunal analizó si la resolución adolecía de vicios de nulidad por falta de motivación, concluyendo que contiene expresión formal de antecedentes y fundamentos jurídicos. Respecto al derecho a formular alegaciones conforme artículos 17 letra f) Ley N°19.880 y 8 bis N°9 Código Tributario, el tribunal estimó que la resolución se fundó en la inactividad probatoria de la parte reclamante durante fiscalización, por lo que no hubo contravención de tales normas. En cuanto al fondo, se constató que los antecedentes aportados en juicio son insuficientes para acreditar la correcta determinación del
Se rechaza la solicitud de nulidad de la resolución SII N°315100000211 de 19/11/2013. Se rechaza íntegramente el reclamo interpuesto, confirmándose la resolución reclamada. Cada parte paga sus propias costas.
“JUMBO ADMINISTRADORA TEMUCO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS” RUC N° Rol · solo Pro
RIT GR - 18 - 00054-2014
Santiago, once de abril de dos mil dieciocho.
VISTOS:
En lo principal de fojas 1, comparece doña Claudia Collao Arancibia , abogado, RUT N°12.465.839-K, en representación de JUMBO ADMINISTRADORA TEMUCO S.A., de giro administración de hipermercados, R UT N°99.571.870-7, ambos domiciliados en Avenida Kennedy N°9001, Piso 6°, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, solicitando, como cuestión previa, sin perjuicio de la solicitud contenida en el primer otrosí, la declaración de nulidad de la Resolución Ex. N°315100000211, emitida con fecha 19 de noviembre de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, con expresa condena en costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En primer lugar, explica que la resolución padece de un vicio de nulidad, por carecer de fundamentación, señalando que dicha resolución es un acto administrativo que debe encontrarse debidamente motivado, citando diversas disposiciones, jurisprudencia y doctrina en abono de su tesis. Agrega que la resolución carece de fundamentos de hecho como de derecho, toda vez que para fundar la decisión de no autorizar la devolución se remite a sus considerandos, los que no indican las razones que motivan la decisión del Servicio, sino sólo reproducen normas legales y constatan circunstancias de hecho que antecedieron a la dictación de la resolución . Añade que para el Servicio es suficiente fundamentación para denegar una solicitud de devolución de impuestos señalar que se detectaron inconsistencias en la declaración de impuesto a la renta, sin explicar o desarrollar en qué consisten, ni enunciarlas o identificarlas.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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