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Tribunal · solo Pro
ACCIONA COPIAPO S.A. con SII
Fecha: 03-05-2018 · Materia: Resolución
RECHAZA No Ha Lugar
Se rechaza reclamo de ACCIONA COPIAPO S.A. contra denegación de devolución de $61.997.406 por PPM del AT 2013, por no acreditar suficientemente la procedencia de la devolución ante insuficiencia probatoria.
ACCIONA COPIAPO S.A. presentó declaración de renta AT 2013 solicitando devolución de $61.997.406 por pagos provisionales mensuales. El SII, mediante Resolución Ex. N°315200000047 de 19 de noviembre de 2013, denegó la devolución alegando inconsistencias en la declaración y falta de antecedentes aportados por el contribuyente para verificar gastos y créditos, especialmente observaciones sobre remuneraciones (A09) y pérdidas de ejercicios anteriores (F63).
El tribunal estableció que la carga probatoria recae en el contribuyente conforme al artículo 21 del Código Tributario. Aunque la reclamante aportó algunas documentación (Libro Mayor, Balance, declaraciones mensuales), no acreditó suficientemente su resultado contable de 2012 ni tributario de 2013 con documentos completos (Libro Diario, contratos de trabajo, liquidaciones, DJ 1879 y 1887). La resolución reclamada tiene fundamento en la inactividad probatoria del contribuyente durante la fiscalización. Conforme a artículos 30 y 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, los gastos deben acreditars
Se rechaza el reclamo, se confirma la Resolución Ex. SII N°315200000047. Se libera a la reclamante del pago de costas por haber tenido motivos plausibles para litigar. Cada parte paga sus costas.
“ACCIONA COPIAPO S.A. con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RIT N° Rol · solo Pro
RUC N° Rol · solo Pro
Santiago, tres de mayo de dos mil dieciocho.
VISTOS:
A fojas 1, comparece don Jorge Eduardo Montero Engel , abogado, RUT N°16.606.736-7, en representación de ACCIONA COPIAPO S.A., RUT N°76.141.299 -K, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°4499, piso 14, comuna de Santiago, Región Metropolitana, interponiendo reclamo en contra de la Resolución Exenta SII N°315200000047, emitida con fecha 19 de noviembre de 2013, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuesto Internos, solicitando que sea dejada sin efecto y se dé lugar a la devolución de $61.997.406 solicitada en el Formulario 22 del año tributario 2013 o, bien, la que determine el tribunal , con expresa condenación en costas, en virtud de los siguientes fundamentos:
En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los antecedentes de hecho, explica que la reclamante, con fecha 31 de mayo de 2013, presentó su declaración de impuesto a la renta correspondiente al AT 2013, solicitando la devolución de un saldo a favor de $61.997.406, por concepto de pago provisional mensual. Agrega que la resolución reclamada no dio lugar a dicha devolución.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
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Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
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Dos motivos principales:
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