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Tribunal · solo Pro
SERVICIOS AUDIOVISUALES POSTON RETAIL LIMITADA con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE
Fecha: 16-05-2018 · Materia: Resolución · Juez: Óscar Meriño Maturana
OTRO
Tribunal rechaza reclamo por falta de acreditación de la pérdida tributaria declarada. Contribuyente no aportó documentación contable suficiente (Libro Diario, Mayor, documentos de sustento) para justificar gastos e ingresos que sustentan pérdida de $4.965.522 AT 2015, requisito esencial para proceder devoluciones de PPUA y PPM.
Servicios Audiovisuales Postón Retail Limitada, contribuyente de Primera Categoría, declaró pérdida tributaria AT 2015 de $4.965.522 en F22 y solicitó devolución de $11.744.076 (PPUA $993.104 y PPM $10.750.972). SII efectuó devolución parcial de $6.484.632 mediante Resolución Ex. 395/(198) de 28.04.2016, denegando saldo de $5.259.444. Reclamante alegó que resolución fue sin fundamento y que se le solicitaron antecedentes difíciles de entregar. SII sostuvo que pérdida no fue acreditada fehacientemente en sede administrativa.
Tribunal establece requisitos copulativos del artículo 31 LIR para gasto deducible: relación con actividad, necesariedad para producir renta, efectivo pago/adeudo en ejercicio, y acreditación fehaciente. Para PPUA (art. 31 N°3 LIR), requiere pérdida bien determinada conforme contabilidad completa (art. 17 CT). Para devolución PPM (art. 97 LIR), resultado comercial debe estar bien determinado. Tribunal analiza prueba documental: reclamante aportó Balance 31.12.2014, liquidaciones sueldo, boletas honorarios y Libro Compras, pero omitió Libro Diario y Mayor obligatorios. Falta documentación de su
No ha lugar a la reclamación. Confírmase Resolución Exenta N°395/(198) de 28.04.2016 del SII. No se condena en costas por motivo plausible de litigio.
UN a SEGUNDO TRIBUNAL
TRIBUTARIO y ADUANERO
Región Metropolitana de Santiago
EN SANTIAGO, A DIECISEIS DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO.
VISTOS:
El escrito de fecha 11 de agosto de 2016, rolante fojas 1 a 4 de autos, presentado por don MARTIN ANDRÉS VILA BALTRA, RUT N*10.514.236-6, en representación de SERVICIOS AUDIOVISUALES POSTON RETAIL LIMITADA, RUT N*76.179.866-9, ambos domiciliados para estos efectos en Paseo Bulnes N*79, oficina 77, comuna de Santiago, mediante el cual interponen reclamo de conformidad al Procedimiento General de Reclamaciones establecido en el Código Tributario, en contra de la Resolución Ex. N*%395/(198) de fecha 28 de abril de 2016, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (en adelante SII) la cual tuvo por no acreditada la pérdida tributaria declarada en el año tributario (en adelante AT) 2015 por un monto ascendente a $4.965.522.- y la determinación de los Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (en adelante PPUA), denegando el saldo pendiente de devolución ascendente a $5.259.444.-
En su reclamo la contribuyente sostiene, en síntesis, que producto de la determinación de la renta líquida imponible (en adelante RLI) del AT 2015 solicitó al SII una devolución por la suma de $11.744.076.- compuesta por exceso de Pagos Provisionales Mensuales (en adelante PPM) ascendentes a $10.750.972.- y PPUA por la suma de $993.104.-
Afirma que la devolución fue observada sin fundamento alguno y que además se le habrían solicitados antecedentes que era difíciles de entregar en dicha oportunidad, lo cual determinó que se le efectuara una devolución parcial por la suma de $6.484.632.-
Indica que los ingresos del período ascendieron a $171.248.562.-, más intereses percibidos o devengados por $144.193.- y otros ingresos por $60.479.-, que sus costos directos asociados a los ingresos fueron de $137.434.630.-, lo que da una renta bruta de $34.018.604.-
| ES: 4 $3
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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