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Tribunal · solo Pro
GLOBAL FARMERS SOLUTIONS LIMITADA con SII
Fecha: 01-04-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Lily Paola Feliu Azzar
RECHAZA No Ha Lugar
Tribunal rechaza reclamo de Global Farmers Solutions contra liquidación de $7.415.210 por subdeclaración de ingresos en 2014, acogiendo inadmisibilidad probatoria por falta de respuesta a citación administrativa.
Global Farmers Solutions Ltda. presentó declaración de renta 2014 solicitando devolución de $276.991. El SII notificó citación del 9.11.2016 requiriendo aclaración de ingresos subdeclarados. La empresa no respondió dentro del plazo de un mes alegando que su representante estaba en reposo por luxofractura de tobillo. El SII emitió liquidación del 16.05.2017 determinando diferencia de impuesto de primera categoría por $7.415.210 más reintegros. La empresa reclamó en tribunal aportando nueva documentación contable no presentada en sede administrativa.
El tribunal constata que la notificación se envió al domicilio correcto según registro de inicio de actividades y última declaración. La luxofractura del representante no constituye causal no imputable pues se le dio alta antes del vencimiento del plazo y la sociedad podía ser representada por terceros. Se acoge la inadmisibilidad probatoria del artículo 132 inciso 12 del Código Tributario respecto de libros de contabilidad y formularios 29 solicitados en citación pero aportados en juicio. La liquidación se formula conforme a autodeterminación tributaria y declaraciones del propio contribuyent
Se rechaza el reclamo y la petición de rectificación. Se mantiene a firme la liquidación N°405501000092. Se condena en costas a la reclamante vencida.
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GLOBAL FARMERS SOLUTIONS LIMITADA
RUT N° 76.271.696-8
CUANTÍA 278.97 UTM
Valparaíso, uno de abril de dos mil diecinueve
VISTO:
Que a fojas 1 y siguientes comparec ieron don Julio César Henríquez
Flores, abogado, RUT Nº 13.893.135-8, en representación de GLOBAL FARMERS
SOLUTIONS S.A., RUT N° 76.271.696-8, todos domiciliados para estos efectos en calle Urmeneta 451, comuna de Limache, V Región, quienes interpusieron Reclamo General Tributario en contra Liquidación N°405501000092, de fecha 16 de mayo de 2017, en virtud de las siguientes consideraciones:
1. Señala que con fecha 09.11.2016 le fue notificada Citación N°144504288 a t ravés de carta certificada, en la que fue solicitado ampliar, modificar, rectificar o confirmar la Declaración de Impuesto a la Renta del Año Tributario 2014, en donde se indica que los ingresos presentados en dicho período se encontrarían subdeclarados, generando diferencias en la determinación de la base imponible.
2. Indica que el plazo indicado para dar respuesta a la mencionada Citación era de un mes, no obstante, argumenta que, en ese período, el representante de la sociedad, se encontraba inmovilizado, con reposo absoluto producto de una operación quirúrgica de luxofractura de tobillo derecho, tal como lo demuestra con antecedentes médicos aportados.
3. Expresa que la notificación respectiva fue enviada a una dirección absolutamente distinta al domicilio social, por lo que alega desconocimiento de los hechos, no pudiendo cumplir con lo solicitado dentro del plazo establecido, sin embargo, agrega que en la dirección notificada existe casa habitación con un morador, pero que no tiene relación con la sociedad, y que ésta funciona en departamento contiguo a esa morada.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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