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Tribunal · solo Pro
IMPORTADORA GLOBALMIX LTDA con SII
Fecha: 02-08-2019 · Materia: Liquidación · Juez: Miguel Andrés Massone Pardo
HA LUGAR EN PARTE+100M Ha Lugar en Parte
Se acoge parcialmente el reclamo dejando sin efecto las liquidaciones N° 61 a 76 por prescripción, pero se rechaza respecto de las N° 77 a 95 por falta de acreditación de los montos.
Importadora GlobalMix Ltda. reclama liquidaciones de IVA y Renta practicadas el 28 de abril de 2014 por falta de documentación. La empresa alegó pérdida de control de su información contable porque fue entregada a Jorge Beefferman Retting para negociaciones comerciales, quien facturizó facturas sin autorización y no pagó impuestos. Existe querella por estafa. El SII notificó requerimientos en diciembre 2012 y citación en marzo 2013, sin respuesta oportuna. Se encontraron diferencias en crédito fiscal, débito fiscal e ingresos no declarados.
El tribunal analizó la prescripción conforme al artículo 200 del Código Tributario. Las liquidaciones N° 61 a 76 fueron practicadas fuera del plazo ordinario de tres años, considerando el aumento de tres meses por la citación. La empresa fue no declarante de IVA solo en abril, junio a diciembre 2012 y enero 2013, por lo que la prescripción extraordinaria de seis años aplica solo a esos períodos. Las liquidaciones N° 77 a 95 se practicaron dentro del plazo ordinario de prescripción. Respecto de fondo, la reclamante no aportó pruebas suficientes (libros, facturas, formularios) para desvirtuar lo
Se acoge parcialmente el reclamo dejando sin efecto las liquidaciones N° 61 a 76 por prescripción. Se rechaza el reclamo en cuanto a las liquidaciones N° 77 a 95. Se ordena reliquidación de impuestos. Cada parte paga sus costas.
“IMPORTADORA GLOBALMIX LIMITADA con SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS”
RUC N° Rol · solo Pro
RIT N° Rol · solo Pro
Santiago, dos de agosto de dos mil diecinueve.
VISTOS:
En la presentación de fojas 1, enmendada a fojas 37, comparece don Rocco Moles Ávila, abogado, RUT N°8.710.454-0, en representación de IMPORTADORA GLOBALMIX LIMITADA, del giro de su denominación, RUT N°76.015.247-1, ambos con domicilio en Hernando de Aguirre N°128, oficina 505, comuna de Providencia, quien, conforme a los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, deduce reclamo en contra de las Liquidaciones Nos. 61 a 95, practicadas con fecha 28 de abril de 2014, por la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, solicitando que sea acogida la excepción de prescripción respecto del Impuesto al Valor Agregado consignado en las Liquidaciones Nos. 61 a 77 y respecto del Impuesto a la Renta consignado en la Liquidación N°95, eliminando dichos rubros de las liquidaciones reclamadas, declarándolos prescritos y, en definitiva dejar sin efecto las Liquidaciones Nos. 61 a 95, con costas, en virtud de los siguientes fundamentos: En el capítulo de su libelo de reclamo relativo a los hechos, explica que las liquidaciones reclamadas se produjeron por que la parte reclamante no pudo acompañar toda la documentación de respaldo (facturas de compra) y, además, se vio imposibilitada de pagar el Impuesto al Valor Agregado de algunas facturas de venta, que dicen relación con la venta a un tercero de activos y materias primas de sociedades relacionadas a la actora, quien no efectuó el pago de las referidas facturas, pero sí aprovechó el Crédito Fiscal, quedando la actora sin los recursos para enterar los respectivos impuestos.
Extracto del inicio del fallo. El texto completo continúa en la ficha.
Artículos citados:
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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