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NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Antofagasta · Rol 139-202514 mar 2025

Tecnocys Corporation SPA con Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Antofagasta

TribunalCorte de Apelaciones de Antofagasta
Rol139-2025
Fecha sentencia14 mar 2025
RecursoProtección-Protección
ResultadoNO HA LUGAR Rechazada

Texto de la sentencia

Antofagasta, catorce de marzo de dos mil veinticinco.

Comparece Gerardo Cristian Coppelli Ortiz, Abogado, en representación de la sociedad Tecnocys Corporation SpA, del giro de montaje y prestación de servicios para el sector minero, R.U.T. 76.935.048-9, quien deduce recurso de protección en contra del Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional de Antofagasta, representado por don Javier Etcheberry Celhay, con domicilio en Teatinos N°120, Santiago, Región Metropolitana, por el actuar arbitrario del Servicio recurrido el que mediante Oficio Ordinario N°03-2025 no se pronuncia respecto de la solicitud de emitir un certificado para ser presentado a los clientes, acto ilegal y arbitrario que vulnera sus derechos consagrados en el artículo 19 N°20, 21 y 22 de la Constitución Política de la República, solicitando se ordene al Servicio de Impuestos Internos cesar en su actuar.

Informa la recurrida instando por el rechazo de la acción deducida.

Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia.

PRIMERO: Que, el recurrente señala que su representada es una Sociedad que desarrolla distintas actividades económicas en la comuna de Calama con inicio de actividades ante el Servicio de octubre de 2018.

Que con fecha 03 de enero del año 2023, recibe Notificación N°08, de la Subdirección Jurídica del Departamento de Delitos Tributarios, por la que le solicitan antecedentes contables y financieros respecto de dos proveedores en el marco de un proceso de auditoría tributaria. En dicho contexto, con fecha 10 de enero de 2023, el Servicio activó en el portal web de la empresa la Anotación 4103, para luego ser eliminada en una fecha indeterminada. Asimismo, el 06 de noviembre de 2024, se ingresa una nueva Anotación 4001, esta vez producto de haber presentado una acción penal en contra del Contribuyente. Hace presente que en ambas anotaciones se informó que tendrían como efecto que el contribuyente no podrá acceder a condonaciones en el pago de multas e intereses, ni realizar convenios de pago.

Luego, con fecha 22 de noviembre de 2024, se ingresan dos Anotaciones 4111, por presentar incumplimientos o inconsistencias tributarias, modificando su efecto en que podrá verse afectado tanto las condonaciones en el pago de multas e intereses, como la emisión de documentos tributarios electrónicos, sobre esto último expone, que con anterioridad el servicio ya obstaculizaba sin justificación la emisión de documentos tributarios debiendo realizar múltiples peticiones para obtener autorización.

Hace presente que en todas las anotaciones no se indican otros efectos respecto a los demás órganos administrativos como terceros.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

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Queja
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