Sociedad Flores y Vivar Limitada con Servicio de Imouestos Internos, Direccion Regional de Arica y Parinacota
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Arica |
|---|---|
| Rol | 6-2015 |
| Fecha sentencia | 6 ago 2015 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe revocó la resolución de primera instancia y se acogió la apelación de Flores y Vivar Limitada, eliminando párrafos del punto de prueba sobre giros de la Dirección Regional del SII relativos a reliquidaciones tributarias.
Texto de la sentencia
Teniendo presente lo expuesto por la parte apelante y lo que emana de los escritos de discusión, más allá de las interpretaciones personales del Tribunal en cuanto al ámbito y extensión de sus atribuciones;
Se REVOCA la resolución de uno de junio de dos mil quince, escrita a fojas
37 y en su lugar se declara que se hace lugar a lo solicitado por el apelante eliminándose del punto de prueba el párrafo que comienza “y que a su vez...” hasta “nueve de abril de dos mil catorce”.
Quedando en definitiva el punto de prueba de la siguiente manera:
1.- “Efectividad que los giros folio N°(007) 407551 y Folio N° (007) 407397, ambos de fecha 25 de Febrero de 2015 emitidos por ia Dirección Regional de Arica y Parinacota del Servicio de Impuestos Internos, se encuentran conformes a las reliquidaciones, confeccionadas por ese Servicio en cumplimiento de la Causa
RUC N° 13-9-0000400-7, RIT N° GRF-01-00006-2013.”.
Dictada por la Pfímera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica, presidida por el Ministro don Eduardo Camus Mesa e integrada por los Ministros doña María
Verónica Quiroz Fuenzalida y don Samuel Muñoz Weisz. Autoriza la Secretaria
Cómo resuelve este tribunal
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