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INADMISIBLECorte de Apelaciones de Chillán · Rol 122-201023 ago 2011

SOC. Agricola Forestal Ganadera y Transporte Forsepa LTDA con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Chillán
Rol122-2010
Fecha sentencia23 ago 2011
RecursoCivil-apelacion sentencia definitiva
ResultadoINADMISIBLE

Texto de la sentencia

Chillán, veintitrés de Agosto de dos mil once.

Se designa para la redacción del fallo acordado, con conocimiento de las partes, al Ministro señor Arcos.

Chillán, veintitrés de Agosto de dos mil once.

1°.- Que a fojas 16, doña Rosa Godoy Campos, por la Sociedad Forsepa Ltda., presentó reclamación en contra de los Giros de Impuestos N° 100935960 y 100935970 solicitando su anulación y que se notifique legalmente las liquidaciones N°s. 334 y 335.

2°.- Que por resolución de fojas 42 y siguientes, de 15 de Febrero de 2010, el Director Regional del Servicio de Impuestos Internos, declaró inadmisible el reclamo interpuesto en contra de los Giros N° 100935960 y 100935970, por no ser de aquellos que la ley entrega al conocimiento y resolución de ese Tribunal.

3°.- Que en contra de esta última resolución, que declaró inadmisible el reclamo interpuesto, la reclamante dedujo recurso de reposición y apelación subsidiaria, rechazándose por el Tribunal a-quo la reposición.

4°.- Que el recurso de apelación tiene que contener los fundamentos de hecho y de derecho, además, de las peticiones concretas que formula al Tribunal ad-quem, ya que estas últimas son las que dan la competencia a la Corte. Que, así las cosas, al imponer al apelante la obligación de expresar peticiones concretas, el legislador requiere que señale clara y determinadamente cuáles son los pronunciamientos de la sentencia impugnada que desea que el Tribunal de alzada enmiende o revoque y cómo debe hacerlo, precisando de esa manera el ámbito de la competencia de éste.

5°.- Que las peticiones concretas formuladas por la reclamante en su escrito de apelación son las siguientes:

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

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