SOC. Inmobiliaria y Constructora Piedra Luna LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Chillán |
|---|---|
| Rol | 428-2009 |
| Fecha sentencia | 27 ago 2010 |
| Recurso | Civil-apelacion sentencia definitiva |
| Resultado | REVOCADA Fallada/revocada |
Texto de la sentencia
Chillán, veintisiete de Agosto de dos mil diez.
Se designa para la redacción del fallo acordado, con conocimiento de las partes, al Ministro señor Hansen.
Chillán, veintisiete de Agosto de dos mil diez.
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos 7°, 10°, 11°, 12°, 13° y 14°, que se eliminan;
Y en su lugar se tiene, además, presente:
1°.-Que, del documento de fojas 2 permite acreditar que la Sociedad recurrente con fecha 4 de Febrero de 2005, dio aviso al Servicio de Impuestos Internos de pérdida de documentos debido a la sustracción de éstos, específicamente guías de despachos desde la N° 220 hasta la N° 250 sin emitir.
Consta, además, que el contribuyente se autodenunció, lo hizo dentro de plazo y no existía requerimiento en su contra y efectuó oportunamente las publicaciones legales, los días 2, 3 y 4 de Febrero del 2005, en el Diario Las Últimas Noticias.
2°.-Que, el artículo 97 N° 16 del Código Tributario, en su redacción antigua, establece que la pérdida o inutilización de documentos que sirvan para acreditar las anotaciones contables o que estén relacionados con las actividades afectas a cualquier impuesto, será sancionado con las multas que allí se señalan, a menos que la pérdida o inutilización sea calificada de fortuita por el Director Regional, Los contribuyentes deberán en todos los casos de pérdida o inutilización, dar aviso al servicio dentro de los diez días siguientes. A continuación agrega que no se considerará fortuita, salvo prueba en contrario, la pérdida o inutilización de los libros de contabilidad o documentos mencionados en el inciso primero cuando se dio aviso de este hecho o se detecte con posterioridad a una citación, notificación o cualquier otro reconocimiento del Servicio que diga relación con dichos libros y documentación.