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NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Concepción · Rol 1395-201231 jul 2012

Juan Carlos Arias Arias por Comercial el Cipres Limitada contra Funcionario de la Octava Direccion Regional del Servicio de Impuestos Internos Concepcion, Unidad los Angeles. (p)

TribunalCorte de Apelaciones de Concepción
Rol1395-2012
Fecha sentencia31 jul 2012
RecursoCivil-proteccion
ResultadoNO HA LUGAR Rechazada

Texto de la sentencia

Concepción, treinta y uno de julio de dos mil doce.

A fojas seis comparece don Juan Carlos Arias Arias, contador, en representación de COMERCIAL EL CIPRÉS LIMITADA, con domicilio en calle Ronald Ramm N° 344, de la ciudad de Los Ángeles, e interpone recurso de protección en contra don JOSÉ SAN MARTIN MOLINA, funcionario de la Octava Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos Concepción, Unidad Los Ángeles, y en contra de quienes resulten responsables en la ejecución de los actos ilegales y arbitrarios que indica.

Señala que con fecha 25 de Mayo 2012, don José San Martín Molina, le notificó una Carta Aviso de Término de Revisión, en virtud de la cual se le informa que los antecedentes presentados en respuesta a Citación N°73 del 30/12/2011, practicada de acuerdo al artículo 63 del Código Tributario, permitieron subsanar las observaciones efectuadas, por tanto, fueron conciliadas la totalidad de las partidas citadas, con lo que se da por concluida la revisión efectuada a sus declaraciones de impuestos, registros contables y documentación de respaldo, no habiéndose detectado en esa oportunidad diferencias de impuestos.

Agrega que, contradictoriamente con lo señalado en el punto anterior, el mismo funcionario fiscalizador y con la misma fecha, emitió en su contra Notificación N°0616301, requiriéndole nuevamente documentación contable tributaria del año Tributario 2010, consistente en libro balance, diario mayor, auxiliares de ventas y compras, determinación de la renta liquida imponible y FUT, declaración renta año tributario 2010.

Asimismo hace presente que el 24 de Mayo 2011, presentó en el Servicio de Impuestos Internos, el formulario 2121 de Término de Giro N°950173720, en consecuencia que Comercial El Ciprés Limitada, no ejerce actividad comercial alguna, por lo que no existe razón para que sea fiscalizada nuevamente y en forma reiterativa.

Estima que los actos del funcionario recurrido son contradictorios, ilegales y arbitrarios, afectando sus garantías constitucionales contempladas en el artículo 19N°2 y 20 de la Constitución Política.

Finaliza, pidiendo tener por interpuesto el Recurso de Protección, en contra del funcionario de la Octava Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos de Concepción, don JOSÉ SAN MARTIN MOLINA, de la Unidad de Los Ángeles, para que acogiéndolo, se adopten las medidas conducentes a dar la debida protección que estime en derecho.

A fojas 21 informa doña Teresa Conejeros Peña, Directora Regional Servicio de Impuestos Internos VIII Dirección Regional Concepción, y don Roberto Rojas Retamal en representación de José San Martín Molina, fiscalizador Unidad de Los Ángeles, Servicio de Impuestos Internos VIII D.R. Concepción, solicitando el rechazo del recurso por los fundamentos que indica.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

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