Rechazo de crédito de IVA por falta de acreditación de origen de fondos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Concepción |
|---|---|
| Rol | 151-2025 |
| Fecha sentencia | 28 ago 2026 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalCorte confirma sentencia que rechazó reclamo tributario por no acreditación fidedigna del origen de fondos para inversiones; presunción del artículo 70 LIR no fue desvirtuada con prueba suficiente.
Hechos
Contribuyente bajo régimen de renta efectiva realizó inversiones de gran envergadura en 2019 (tractocamión, semirremolques, remolque y fondos mutuos). El Servicio de Impuestos Internos cuestionó el origen de los fondos, practicando liquidaciones por diferencias de IVA, reintegros improcedentes e impuesto único del artículo 21 LIR para 2019-2020. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó el reclamo confirmando las liquidaciones al constatar que el contribuyente no acreditó de manera fidedigna el origen de los recursos. El reclamante apeló alegando que sus operaciones estaban justificadas con antecedentes contables y que la contabilidad no contenía inconsistencias insalvables.
Considerandos clave
La Corte comparte la conclusión de primera instancia: el contribuyente no justificó fidedignamente el origen de los fondos conforme a las normas tributarias. Aplicó el artículo 21 del Código Tributario que impone al contribuyente desvirtuarlo mediante prueba fidedigna; al constatarse contradicciones graves en los balances para un mismo período, se trasladó íntegramente el deber de probar. Enfatizó la aplicación prioritaria del artículo 70 de la LIR, que presume que toda inversión fue financiada con ingresos omitidos a menos que se acredite de forma indubitable el origen y real disponibilidad de fondos. Exige trazabilidad cronológica y patrimonial estricta. Los documentos presentados en segunda instancia (declaraciones IVA, declaración de Santander) solo demuestran facturación bruta, no utilidades líquidas disponibles, y los movimientos en fondos mutuos representan reinversiones automatizadas internas sin inyección de nuevo capital. Las contradicciones contables persisten sin subsanarse formalmente.
Resolutivo
Se confirma sin costas la sentencia definitiva de 26 de noviembre de 2025 del Tribunal Tributario y Aduanero, manteniéndose firmes las Liquidaciones N° 2 a 8 de 26 de febrero de 2021 del Servicio de Impuestos Internos.
Texto de la sentencia
Lee todos los fallos sin límite
Llegaste a tu cuota semanal gratis. Para acceso ilimitado, suscríbete a Pro — precio de lanzamiento por tiempo limitado.
Conoce ProCómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Concepción
Imputación de fondos retenidos en ejecución fiscal
Acoge recurso de hecho y declara admisible la apelación denegada contra resolución que imputó fondos retenidos a deuda fiscal, por ser sentencia interlocutoria y haberse deducido oportunamente.
Fpc Papeles SPA con Servicio de Impuestos Internos
Confirma sentencia que rechaza nulidad tributaria del avalúo fiscal por deficiencias metodológicas abstractas y rechaza aplicación de coeficientes de ajuste por falta de acreditación de minusvalías singulares no ya consideradas.
Origen de fondos en adquisiciones de inmuebles y vehículos
Corte de Apelaciones revoca parcialmente sentencia de primer grado: rechaza reclamo respecto del inmueble en DIRECCION000 por falta de justificación de origen de fondos; desestima excepción de prescripción; confirma lo demás.
Ingenieria y Construccion Fica y CIA Limitada y Otro con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Concepción
Corte confirma rechazo del reclamo por vulneración de derechos contra anotación 4001 del SII, estimando que la medida es un acto de control informativo legítimo fundado en querella penal vigente, que no constituye sanción anticipada ni impide pagar deuda, solo restringe acceso a beneficios excepcionales.
Automotriz Autosur Limitada con Servicio de Impuestos Internos
La Corte de Apelaciones confirma el rechazo de la devolución por inconsistencia no acreditada en gastos de remuneraciones: el contribuyente no presentó contabilidad completa para desvirtuar la discrepancia objetiva detectada entre declaraciones informativas y la declaración de impuesto.
Medina Ramos con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Concepción
Rechaza casación por falta de contradicción en lo dispositivo y confirma sentencia que rechaza reclamo de avalúo fiscal por deficiencia probatoria en acreditación de minusvalía y prorrateo de condominio.