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NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Concepción · Rol 2207-201711 jul 2017

Inversiones Costeras SPA con Servicio de Impuestos Internos VIII DR

TribunalCorte de Apelaciones de Concepción
Rol2207-2017
Fecha sentencia11 jul 2017
RecursoCivil-proteccion
ResultadoNO HA LUGAR Rechazada

Texto de la sentencia

Concepción, once de julio de dos mil diecisiete.

Comparece don Jorge Montecinos Araya, Abogado, domiciliado en calle Chacabuco N° 1085, oficina 1102, Concepción, en favor de Néstor Gerardo Velásquez Sánchez, ingeniero comercial, y de la sociedad INVERSIONES COSTERAS SpA, persona jurídica del giro comerciante mayorista de productos del mar, ambos con domicilio en calle Cochrane número 143, local 207, de la comuna de Coronel, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Servicio de Impuestos Internos VIII Dirección Regional Concepción, representada legalmente por su Director Regional, Sr. Jorge Lara Arriagada, o por quien le suceda o subrogue legalmente, ambos domiciliados en calle Bernardo O'Higgins N° 749, Concepción.-

Señala que con fecha 16 de marzo del año 2017, se solicitó al Servicio de Impuestos Internos, a través de su página de internet, el timbraje electrónico de documentos, en específico, de facturas electrónicas, cuya firma autenticada correspondía a don Néstor Velásquez Sánchez. Sin embargo, la respuesta a esa solicitud fue una negativa, ya que en la página se señalaba que: "la persona autenticada no puede realizar el trámite, ya que figura en nuestros registros con situación pendiente de delito tributario". Hace presente que no existe resolución alguna que debidamente notificada impida o restrinja el timbraje electrónico de documentos para los sujetos a cuyo favor se actúa.

Desconoce la existencia de un acto administrativo debidamente fundado que impida a su representado emitir documentación electrónica, razón por la cual considera que la actuación del Servicio, en ese sentido, se vuelve antijurídica y/o arbitraria.

Por otra parte estima que aun cuando se pruebe la existencia de una resolución administrativa que restrinja o prohíba la emisión, por parte de INVERSIONES COSTERAS SPA, de documentación tributaria electrónica autenticada por don Néstor Velásquez, destaca que éste último no se encuentra en ninguna de las situaciones indicadas en el artículo 8 ter del Código Tributario que le impidan otorgar facturas y otros instrumentos tributarios en forma electrónica y en el caso que el Servicio recurrido insista en su posición de que el Sr. Velásquez se encontraría en situación de delito tributario, señala que la letra b) de dicha disposición exige, para los efectos de revocar o restringir la emisión de dichos documentos, que el sujeto se encuentre acusado o procesado por la comisión de un delito tributario, situación procesal en la que el recurrente no se encuentra.

Cita jurisprudencia y doctrina que sirven de apoyo a sus fundamentos y considera vulneradas las garantías constitucionales asegurados en el artículo 19 números 21, 2 y 22 de la Constitución Política de la República, por los motivos que señala.

Concluye solicitando a esta Corte, se ordene el inmediato restablecimiento del imperio del derecho y se autorice la emisión de documentación electrónica a la empresa Inversiones Costeras SpA, autenticadas por su representante don Néstor Gerardo Velásquez Sánchez, con costas.

Informa don Jorge Lara Arriagada, Director Regional de la VIII Dirección Regional de Concepción del Servicio de Impuestos Internos, indicando que la empresa tiene a dos administradores registrados: don Néstor Velásquez Sánchez y don Yhosvani Alfaro Lam. Estos administradores tienen acceso a todas las opciones disponibles del Portal MIPYME, las que incluyen solicitar y anular folios, firmar y enviar documentos y firmar el envío mensual de la Información Electrónica de Compra y Venta (IECV). Además pueden ingresar y hacer mantención de los otros usuarios autorizados para Firma y Registro de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE). Lo anterior tiene una pequeña salvedad, puesto que el perfil de don YHOSVANI ALFARO LAM se encuentra limitado en orden a que puede hacer todo lo señalado, menos consultar y registrar documentos. Hace presente que lo señalado por el recurrente de autos, en orden a que la contribuyente INVERSIONES COSTERAS SpA se encuentra impedida de obtener folio para su documentación tributaria electrónica es falso. Adiciona que no se ha acompañado a este proceso ningún antecedente que pruebe este hecho, lo que se traduce en que la presente acción solo contiene meras alegaciones sin fundamento.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

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