Compañia Siderurgica Huachipato S.A. con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Concepción |
|---|---|
| Rol | 92-2022 |
| Fecha sentencia | 26 abr 2023 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalAvalúo de terreno: se rechazó que procediera aplicar coeficiente corrector excepcional por minusvalía, ya que el SII ya había considerado la pérdida de valor en la tasación del área homogénea.
Texto de la sentencia
Concepción, veintiséis de abril de dos mil veintitrés.
1°.- Que, la Resolución Exenta Nº 28, de 9 de marzo de 2018, del Servicio de Impuestos Internos, en su Anexo N°2 “Tasación de terrenos”, en su punto 2.3, específicamente establece:
“Si un determinado bien raíz, presenta una minusvalía debidamente respaldada por los medios de prueba que demuestren objetivamente la condición de menor valor del inmueble, como asimismo la situación o el factor que origina esta pérdida de valor, producto de características particulares o de alguna situación especial que lo afecte, que ameritan la aplicación de un coeficiente corrector que recoja esta variación, la cual no se encuentra considerada en la determinación del valor de terreno establecido para el Área Homogénea en la cual se emplaza, ni se encuentra indicada en su ficha descriptiva correspondiente, se podrá aplicar un coeficiente corrector excepcional, según la siguiente tabla: …”
2°.- Que, tal como lo sostiene la sentencia apelada, en la especie la situación de minusvalía relativa a la superficie ya se encuentra considerada en la determinación del valor del terreno establecida para el área homogénea, toda vez que el Servicio de Impuestos Internos modificó el sistema de tasación y aplicó un coeficiente corrector de 0.4.
3°.- Que, así las cosas, no concurriendo el error que invoca el apelante y siendo correcta la fundamentación de lo resuelto en la sentencia en alzada, corresponde que ella sea ratificada.
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 140 del Código Tributario, se resuelve que SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la sentencia apelada de veintinueve de agosto de dos mil veintidós, dictada por el Tribunal Tributario y Aduanero de las regiones de Ñuble y Biobío.
Notifíquese, regístrese y devuélvase en su oportunidad.
Redacción del Ministro Juan Ángel Muñoz López.
La misma causa en primera instancia
CIA. Siderurgica Huachipato S.A. con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Compañía Siderúrgica Huachipato reclama contra resolución que denegó aplicación de coeficiente corrector excepcional 0.1 al avalúo de terreno rol 7400-1 Talcahuano por minusvalía por macrolote.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Concepción
Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Concepcion con Guillermo Novoa Oliveira
Infracción tributaria por perjuicio fiscal. Contribuyente condenado al pago de multa equivalente al 200% del perjuicio. Corte de Apelaciones confirma sentencia de primera instancia que rechazaba la absolución solicitada.
Inversiones Gac S.A. con Servicio de Impuestos Internos VIII DR Concepcion
Se acoge el recurso de apelación de Inversiones GAC S.A. y se dejan sin efecto las liquidaciones de impuestos cuestionadas, reconociendo como gasto deducible los intereses sobre deuda con empresa relacionada destinada a adquisición de acciones.
Torres Basaur y CIA LTDA. contra Resolucion del Tribunal Tributario y Aduanero Region del Ñuble y Bio Bio
Rechaza recurso de hecho interpuesto contra denegación de apelación subsidiaria respecto de resolución que rechazó diligencias de prueba, por ser la resolución recurrida ajena a las excepciones del artículo 133 del Código Tributario que permiten apelar en materia tributaria.
Sociedad los Maquies Limitada contra Resolucion Tribunal Tributario y Aduanero de la Region de Ñuble y Bio Bio
Rechaza recurso de hecho porque la cuestión controvertida (designación del tribunal de segunda instancia competente) es ajena al objeto de este recurso, que solo corrige errores en la concesión o denegación de la apelación.
German Ruiz de la Maza contra Resolucion Tribunal Tributario y Aduanero Nuble y Bio BIO. Acumulada Rol 65-2023)
Se rechaza recurso de hecho contra denegación de apelación a resoluciones que rechazaron diligencias probatorias, por no estar en los casos excepcionales de apelación del artículo 133 del Código Tributario.
Comercializadora Fruticola Olmue SPA contra Resolucion Tribunal Tributario y Aduanero Region de Ñuble y Bio Bio
Corte de Apelaciones rechaza recurso de hecho por inadmisibilidad del recurso de apelación contra resolución que negó acumulación de autos, pues el art. 133 del Código Tributario no contempla apelación para incidentes de acumulación.