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CONFIRMADACorte de Apelaciones de Copiapó · Rol 9-201719 dic 2017

Araya Araya, Jose Antonio con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Copiapó
Rol9-2017
Fecha sentencia19 dic 2017
RecursoApelación
ResultadoCONFIRMADA

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

La Corte de Apelaciones de Copiapó confirma la sentencia que acogió parcialmente el reclamo tributario, rechazando los argumentos del SII sobre inadmisibilidad probatoria y desestimando la adhesión del contribuyente respecto a la partida de $237.500.000 por falta de prueba en esta instancia.

Hechos

José Antonio Araya Araya reclamó contra la Liquidación N°120 del SII (29 julio 2016) relativa al Impuesto Global Complementario. El Tribunal Tributario y Aduanero acogió parcialmente el reclamo (30 junio 2017), reconociendo reinversión de $544.352.000 en la Sociedad Limitada Compañía Minera Minerales Copiapó e instruyendo ajustar el impuesto. El SII apeló argumentando inadmisibilidad probatoria e insuficiencia de prueba. El contribuyente se adhirió a la apelación solicitando acogimiento total del reclamo e impugnación de otra partida ($237.500.000).

Considerandos clave

La Corte valida el criterio de instancia sobre los requisitos de determinación y especificidad en la citación conforme al artículo 132 inciso undécimo del Código Tributario, concluyendo que la restricción probatoria es excepcional y debe interpretarse strictu sensu sin añadir exigencias no contempladas legalmente. Respecto a la apreciación de prueba, constata que el tribunal a quo se hizo cargo de toda ella conforme a sana crítica, sin infracción a reglas de lógica ni máximas de la experiencia. Rechaza la pretensión del contribuyente sobre los $237.500.000 por carecer de prueba en la instancia de apelación, replicando el defecto identificado en la sentencia apelada.

Resolutivo

Se confirma íntegramente la sentencia de 30 junio 2017 del Tribunal Tributario y Aduanero. Queda firme el acogimiento parcial del reclamo reconociendo reinversión de $544.352.000 con ajuste del impuesto Global Complementario, y rechazadas las pretensiones adicionales del contribuyente y del SII.

Texto de la sentencia

Copiapó, diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete.

Se reproduce la sentencia apelada, con excepción de sus fundamentos sexto y séptimo, los que se suprimen.

1.-) Que por sentencia del Tribunal Tributario y Aduanero de Atacama, de fecha treinta de junio de dos mil diecisiete, que rola a fojas 254 y siguientes, se acogió en parte el reclamo tributario interpuesto por don Franco Ramírez Donoso, en representación de don José Antonio Araya Araya, en contra de la Liquidación N°120, de fecha 29 de julio 2016, emitida por el Servicio de Impuestos Internos III Dirección Regional Copiapó, solo en cuanto al monto histórico reinvertido en la Sociedad Limitada Compañía Minera Minerales Copiapó, ascendente a $544.352.000, debiendo en consecuencia ajustarse el cálculo del impuesto Global Complementario determinado en la Liquidación reclamada.

2.-) Que el Servicio de Impuestos Internos peticiona, a través de su arbitrio, que esta Corte proceda a enmendar con arreglo a derecho el fallo, resolviendo:

Que, se acoge la inadmisibilidad probatoria promovida por su parte y, por consiguiente, por incumplimiento de los requisitos legales, se rechace el reclamo de autos, con costas;

Que, en su defecto, de estimarse que no corresponde declarar inadmisible la prueba aportada por la reclamante, solicita igualmente, el rechazo del reclamo, con costas, en atención a que los medios de prueba aportados carecen de la debida fidelidad.

Que, se mantiene a firme la Liquidación N°120 de fecha 29 de julio de 2016; y Que se condena en costas a la reclamante.

3.-) Que por su parte, el contribuyente se adhirió en esta instancia al recurso de apelación deducido por el Servicio de Impuestos Internos, peticionando que el indicado fallo sea reformado en aquella parte que le resulta gravosa, en términos que el reclamo deducido sea íntegramente acogido y, en consecuencia, se deje totalmente sin efecto la Liquidación N° 120, por improcedente, con costas para la parte contraria.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Copiapó en apelación: la proporción medida sobre los 23 recursos de esta base.Conoce Pro

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