Servicio de Impuestos Internos con Aurora Correa Ortega y Otro LTDA.
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Punta Arenas |
|---|---|
| Rol | 5-2012 |
| Fecha sentencia | 28 nov 2012 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | HA LUGAR EN PARTE |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe acogió denuncia por presentación de declaraciones falsas para aumentar crédito fiscal de IVA. La Corte aplicó principio de especialidad y condenó solo por infracción del inciso 2° del artículo 97 N° 4 del Código Tributario, descartando el inciso 1°.
Análisis del SII
Cuando la conducta del contribuyente aparentemente configura los ilícitos del artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2° del Código Tributario, sólo es procedente condenar por el delito del inciso 2° antes indicado, por aplicación del principio de especialidad.
Texto de la sentencia
Punta Arenas, veintiocho de noviembre de dos mil doce.
Se reproduce la sentencia en alzada, con las siguientes modificaciones.
En su considerando decimo quinto se elimina la frase “...en el marco de los ilícitos sancionados en los incisos primero y segundo del Nº 4 del artículo 97 del Código Tributario...”.
En su motivo décimo octavo se sustituye la expresión “...las infracciones denunciadas...” por “...la infracción acreditada...”.
Se elimina su considerando décimo noveno.
PRIMERO: Que en el acta de denuncia Nº01/2012 de 3 de enero de 2012 se le imputa a la contribuyente Aurora Correa Ortega y Otro Limitada, representada por Aurora Correa Ortega, haber incurrido en las infracciones previstas y sancionadas en el artículo 97 Nº 4 incisos 1º y 2º del Código Tributario, consistente en la presentación de declaraciones de impuesto, formularios 29, maliciosamente falsas con la finalidad de abultar el IVA crédito fiscal que realmente tenía derecho hacer valer para de este modo rebajar su carga tributaria real, liquidando un impuesto inferior al que correspondía;
SEGUNDO: Que el inciso primero de la mencionada disposición legal sanciona el empleo de cualquier procedimiento doloso dirigido a ocultar el verdadero monto de las operaciones realizadas o burlar el impuesto, y el inciso segundo castiga cualquier maniobra de los contribuyentes tendientes a aumentar el verdadero monto de los créditos que tengan derecho a hacer valer, en relación con las cantidades que deban pagar;
TERCERO: Que las conductas descritas y sancionadas en ambos incisos encuadran aparentemente en dos tipos penales, pero por aplicación del principio non bis in idem sólo uno resulta apto para castigarlas, situación que se debe resolver por la regla de la especialidad, de acuerdo a la cual, cuando dos preceptos legales reglan un mismo hecho, pero uno de ellos lo hace en forma general, comprendiendo varios hechos semejantes, mientras que el otro se dirige más precisamente a aquél, este último, que es especial, debe prevalecer;
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Código Tributario – Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2°
Cómo resuelve este tribunal
Fallos que aplican las mismas normas
Inversiones Consolidadas Limitada con Servicio de Impuestos Internos
Reclamación tributaria por liquidación de reintegro e impuesto sanción respecto de enajenación de acciones. La Corte de Apelaciones rechazó recursos de casación y apelación, manteniendo la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente el reclamo.
Servicio de Impuestos Internos con Lizama Moraga
Crédito fiscal por facturas falsas de materiales de construcción y fletes. SII acogió su apelación revocando sentencia que rechazaba el Acta de Denuncia, considerando presunción de veracidad del acto administrativo e inactividad procesal del contribuyente.
Alfredo Mocarquer Mocarquer con Servicio de Impuestos Internos
Subdeclaración de ingresos y retiros no declarados: la Corte de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo del contribuyente sobre nulidad de citación y prescripción de la acción fiscalizadora.
Servicio de Impuestos Internos con Sociedad Visionline Limitada
La Corte de Apelaciones confirmó la sentencia del Tribunal Tributario que rechazó el recurso de la SII contra Sociedad Visionline Limitada en materia de acta de denuncia por declaraciones maliciosamente falsas y facturas falsas.
Servicio de Impuestos Internos con Bustamante Chavarría
Corte de Apelaciones rechazó recursos de nulidad del Ministerio Público y SII contra absolución de contribuyente por delito tributario de omisión maliciosa de declaración. Tribunal de primera instancia absolvió por falta de acreditación de dolo, considerando que los ingresos eran aparentes al no deducirse gastos y existía contexto concursal.
Servicio de Impuestos Internos con Margarita Uauy e Hijos Limitada
Acción por facturas falsas y crédito fiscal indebido. La Corte acogió parcialmente el recurso del SII: descartó prescripción para noviembre de 2017 pero confirmó que junio-agosto de 2017 estaban prescritos. Para noviembre de 2017, acreditó los elementos típicos de la infracción del artículo 97 N° 4 inciso 2° del Código Tributario, incluyendo dolo.