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HA LUGARCorte de Apelaciones de Rancagua · Rol 2076-202427 dic 2024

Transportes Agropecuarios las Nieves SPA con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Rancagua
Rol2076-2024
Fecha sentencia27 dic 2024
RecursoProtección
ResultadoHA LUGAR Acogida

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Bloqueo de clave tributaria web por inconsistencias declaradas. La Corte acogió el recurso de protección ordenando al SII desbloquear el acceso, reconociendo que la medida no tenía fundamento legal aunque permitió continuar fiscalización.

Texto de la sentencia

Rancagua, veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro.

Con fecha 8 de agosto del presente año, comparece el abogado José Miguel Banda Miranda en favor de Transportes Agropecuarios Las nieves SpA., y deduce a Recurso de Protección en contra del Servicio de Impuestos Internos, por los actos que estima ilegales y arbitrarios y que afectan la actividad económica del recurrente, vulnerando las garantías constitucionales previstas en el número 21° del artículo 19 de nuestra Constitución.

Relata que el 1 de agosto, el recurrente intenta ingresar a la plataforma web del Servicio recurrido, lo que no pudo realizar pues aparecía el mensaje de que la clave tributaria se encontraba bloqueada, y arrojando un error al intentar recuperarla. Por ello, asistió a la Unidad de la comuna de San Vicente, quienes le señalan que su clave se encontraba inutilizada por inconsistencias en sus declaraciones mensuales de impuestos, las que debía aclarar para recuperar la clave web. Indica que se enteró por la prensa que esta insólita situación también afectaba a otros contribuyentes, lo que en definitiva es un actuar que vulnera sus derechos pues al no poder ingresar al sitio web no puede realizar declaraciones de impuestos, emitir documentos tributarios, entre otros, generando un impacto en el normal funcionamiento de sus operaciones y transgrediendo los derechos consagrados en los numerales 14 y 16 del artículo 8 bis del Código Tributario, pues en el primero se establece que el Servicio no puede afectar el desarrollo normal de las operaciones o actividades económicas y en el segundo, que el contribuyente tiene derecho a ser informado de toda clases de anotaciones que le practique el servicio.

Arguye que la medida de apremio de bloqueo de clave, no se encuentra en norma alguna por lo que en definitiva se infringe el principio de legalidad de la Administración del Estado en un acto que discrimina arbitrariamente y sin notificación alguna, también afecta el debido proceso.

En definitiva, solicita se acoja la presente acción, ordenando al recurrido subsanar cualquier tipo de restricciones que afecten el acceso del recurrente a la web del Servicio recurrido, desbloqueando la clave de acceso, con expresa condena en costas.

Acompaña 3 capturas de pantalla del bloqueo de clave web.

A folio 6 evacúa informe el Servicio de Impuestos Internos. Primeramente refiere antecedentes de la situación tributaria del recurrente, registra inicio de actividades con fecha 19 de julio de 2022, declarando como tales el “Transporte De Carga Por Carretera” y el “Alquiler De Otros Tipos De Maquinarias y Equipos Sin Operar, encontrándose afecto a IVA, impuesto primera categoría, acogido a Régimen ProPyme, y que registra las siguientes anotaciones:

a) Anotación causal 52, de fecha 26 de enero de 2024, al encontrarse categorizada como una contribuyente de “Medio Intensidad De Tratamiento Preferente”.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

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