Junemann Núñez con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Rancagua
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Rancagua |
|---|---|
| Rol | 34-2024 |
| Fecha sentencia | 7 ago 2025 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Revocada-confirmada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalImpuesto al lujo: se revoca condena en costas al SII porque la exigencia de reglamento previo (art. 9° Ley 21.420) no estaba cumplida al momento del giro, y la modificación legal que eliminó ese requisito no rige retroactivamente.
Texto de la sentencia
Rancagua, siete de agosto de dos mil veinticinco.
Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción del considerando vigésimo primero que se elimina.
Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1° Que, para la resolución del conflicto en que incide la apelación de autos se debe atender a lo previsto en el artículo 9° de la Ley N°21.420, vigente a la época del giro y reclamo deducido en su contra, que supeditaba la determinación del mismo a la dictación de un reglamento, aprobado mediante decreto supremo expedido por el Ministerio de Hacienda, que debía establecer la forma de verificar la afectación de los bienes respectivos con el impuesto en el artículo citado, el que no se había dictado a esa data. 2° Que, si bien dicha exigencia fue eliminada por la Ley N°21.713, que modificó el referido artículo 9, dicho texto legal no es aplicable al presente caso por disposición expresa del N°3 del artículo primero transitorio, al estatuir que las modificaciones establecidas al antes citado artículo 9, rigen a partir del 1 de mayo de 2025. 3° Que, en cuanto a la condena en costas, se estima que el Servicio de Impuestos Internos tuvo motivo plausible para litigar, pues se limitó a responder el reclamo interpuesto, en base a una discusión jurídica sobre los presupuestos legales para la aplicación del impuesto al lujo que, en definitiva, fue zanjada por el legislador mediante la dictación de la Ley N°21.713, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, será eximido del pago de ellas, revocándose en este punto la sentencia apelada.
Por lo razonado y lo dispuesto en los artículos 143 y siguientes del Código
Tributario y artículos 144 y 145 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de quince de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Tribunal Tributario y Aduanero de esta región, en causa RIT: GR-19-00039-2023,
RUC 23-9-0001125-6, sólo en cuanto condenó en costas al Servicio de Impuestos
Internos y, en su lugar, se resuelve que se le exime de dicha carga procesal.
Se confirma, en lo demás, la sentencia antes mencionada, sin costas.
La misma causa en primera instancia
Junemann Núñez con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Rancagua
Tribunal acoge reclamo y declara nula emisión de Giro por impuesto a automóvil de lujo, por falta de reglamento que vulnera principio de juridicidad constitucional.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Rancagua
Junemann Núñez con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Rancagua
Impuesto al lujo: se revoca condena en costas al SII por falta de reglamento que hiciera exigible el tributo a la época del giro, confirmándose lo demás de la sentencia de primera instancia.
Margozzini Cella con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Rancagua
Disputa sobre afectación de bienes con impuesto regulado por Ley 21.420. La Corte confirmó la sentencia de primera instancia que acogió el reclamo del contribuyente, pero revocó la condena en costas al SII por existir motivo plausible para litigar.
Cifuentes Muñoz con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Rancagua
Rechaza casación formal y confirma sentencia del TTA que rechazó parcialmente el reclamo tributario por liquidación de IGC 2016, acogiendo solo el reconocimiento de rentas art. 42 N°1 por $11.470.147 al encontrar incoherencia entre las citaciones base.
Fundación de Educación las Arenas con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Rancagua
Se revocó parcialmente la sentencia de primera instancia que anuló dos resoluciones del SII por falta de firma y deficiente motivación. La Corte confirmó la nulidad, pero eximió al SII del pago de costas por tener motivo plausible para litigar.
Admisibilidad de pruebas sobre vulneración de derechos en procedimiento tributario
Apelación del SII contra la interlocutoria de prueba rechazada por la Corte, que confirmó que los puntos de prueba solicitados por el Servicio constituyen calificaciones jurídicas sobre vulneración de derechos, no hechos sustanciales susceptibles de prueba.
Admisión de punto de prueba relativo a expediente de cobranza ante Tesorería
Apelación incidente del SII sobre admisión de nuevo punto de prueba en controversia tributaria. Corte confirmó la resolución de primera instancia, agregando como punto probatorio los antecedentes del expediente de cobranza ante Tesorería.