Admisibilidad de puntos de prueba en reclamo tributario por liquidación de impuestos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 139-2026 |
| Fecha sentencia | 4 may 2026 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalApelación de reposición interpuesta por el SII contra resolución que recibió a prueba reclamo tributario. La Corte confirma la resolución apelada y mantiene siete puntos de prueba sobre pérdida de ejercicios anteriores, amortización de goodwill, intereses pagados, amortización tributaria, gastos no acreditados, ajuste de corrección monetaria e ingresos por enajenación de activos fijos, relativos a
Texto de la sentencia
Santiago, cuatro de mayo de dos mil veintiséis.
Atendido los términos en que las partes fijaron la controversia, y que los puntos de prueba establecidos al acoger la reposición interpuesta por el Servicio de Impuestos Internos, recogen los presupuestos fácticos objeto del debate, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 del Código
Tributario, se confirma la resolución apelada de cinco de julio de dos mil veintiuno, quedando en consecuencia la resolución que recibe la causa a prueba, con los siguientes puntos que se indican a continuación: “1. Acredítese la procedencia y efectividad de la pérdida de ejercicios anteriores declarada por el reclamante para el AT 2017, en relación al acto reclamado en autos, Liquidación N°726, de fecha 12 de agosto de 2020. Hechos, antecedentes y circunstancias que la acrediten. 2. Acredítese la procedencia y efectividad de la partida ‘Amortización Goodwill Sociedades Anónimas’ y ‘Corrección
Monetaria Goodwill’, en relación al acto reclamado en autos,
Liquidación N°726, de fecha 12 de agosto de 2020. Hechos, antecedentes y circunstancias que la acrediten. 3. Acredítese la procedencia y efectividad de la partida ‘Intereses Pagados por Empresas Relacionadas, cuenta corriente mercantil con SMU’, en relación al acto reclamado en autos,
Liquidación N°726, de fecha 12 de agosto de 2020. Hechos, antecedentes y circunstancias que la acrediten. 4. Acredítese la procedencia y efectividad de la partida ‘Amortización Tributaria SAP’, en relación al acto reclamado en autos, Liquidación N°726, de fecha 12 de agosto de 2020. Hechos, antecedentes y circunstancias que la acrediten. 5. Acredítese la procedencia y efectividad de la partida ‘Otras
Cuentas de Gastos no acreditadas’, en relación al acto reclamado en autos, Liquidación N°726, de fecha 12 de agosto de 2020.
Hechos, antecedentes y circunstancias que la acrediten. 6. Acredítese la procedencia y efectividad de la partida ‘Ajuste
Cómo resuelve este tribunal
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