Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Santiago · Rol 171-20265 may 2026

Improcedencia de apelación en incidente de abandono de procedimiento tributario

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol171-2026
Fecha sentencia5 may 2026
RecursoQueja
ResultadoNO HA LUGAR Rechazada

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Rechaza recurso de hecho del SII contra decisión que declaró improcedentes recursos de apelación deducidos contra resolución que rechazó incidente de abandono, confirmando que el artículo 133 del Código Tributario restringe tales resoluciones únicamente al recurso de reposición.

Hechos

En procedimiento general de reclamación ante el Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero, el SII promovió incidente de abandono fundado en artículo 152 CPC. El tribunal rechazó ese incidente por resolución de 12 de marzo de 2026. El SII interpuso reposición con apelación subsidiaria y apelación directa en contra de esa resolución. El tribunal, por resolución de 26 de marzo de 2026, rechazó la reposición y declaró improcedentes ambos recursos de apelación conforme al artículo 133 del Código Tributario. El SII recurre de hecho a esta Corte de Apelaciones argumentando que la resolución sobre incidente de abandono es sentencia interlocutoria apelable.

Considerandos clave

El artículo 133 del Código Tributario establece régimen recursivo restrictivo para resoluciones dictadas durante tramitación de reclamo tributario, permitiendo únicamente recurso de reposición, con excepciones específicamente contempladas. La resolución que rechaza incidente de abandono del procedimiento no coincide con ninguna de las hipótesis excepcionales del citado artículo 133: no es decisión que reciba causa a prueba, ni resuelve medidas cautelares, ni declara inadmisibilidad del reclamo, ni ordena aclaraciones o rectificaciones, ni constituye sentencia definitiva. Por lo tanto, aunque el Código Tributario remite supletoriamente al Código de Procedimiento Civil para procedimientos no especialmente regulados, la aplicación supletoria del régimen de apelación queda excluida por la regulación especial y restrictiva del artículo 133. El tribunal a quo aplicó correctamente esta normativa al rechazar los recursos de apelación.

Resolutivo

Se rechaza el recurso de hecho deducido por el SII, quedando firme la resolución de 26 de marzo de 2026 del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero que declaró improcedente la apelación subsidiaria y directa contra la resolución que rechazó el incidente de abandono del procedimiento.

Texto de la sentencia

Santiago, cinco de mayo de dos mil veintiséis.

Primero: Que comparece Claudio Rodríguez Fuentes, abogado, en representación del Servicio de Impuestos Internos, parte reclamada en los autos tramitados ante el Cuarto Tribunal

Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana bajo el RIT

NUM000, RUC NUM001, caratulados “[ROJAS] con Servicio de Impuestos Internos XIV DR Stgo. Poniente”, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de veintiséis de marzo de dos mil veintiséis, mediante la cual no se concedió el recurso de apelación deducido por su parte, tanto en forma subsidiaria como directa, en circunstancias que lo estima procedente.

Advierte que los hechos que motivan el recurso tienen su origen en un procedimiento general de reclamaciones, en el cual el Servicio de Impuestos Internos promovió incidente de abandono del procedimiento, fundado en que se verificaban los presupuestos del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 148 del Código Tributario.

Expresa que dicho incidente fue rechazado por resolución de doce de marzo de dos mil veintiséis y que, en contra de aquella, dedujo reposición con apelación subsidiaria y, además, apelación directa, arbitrios estos últimos que no fueron concedidos mediante la decisión que se recurre, por estimarlos improcedentes conforme al artículo 133 del Código Tributario.

Argumenta, en síntesis, que el incidente de abandono del procedimiento no se encuentra especialmente regulado en el Título

II del Código Tributario, razón por la cual deben aplicarse supletoriamente las normas del Código de Procedimiento Civil, conforme al artículo 148 del Código Tributario. Añade que la resolución que se pronuncia sobre dicho incidente tiene naturaleza de sentencia interlocutoria, en los términos del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, y que, por ende, resulta apelable conforme al artículo 187 del mismo cuerpo legal.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en queja: la proporción medida sobre los 30 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago

ConfirmadaRol 139-2026Corte de Apelaciones de Santiago4 may 2026

Admisibilidad de puntos de prueba en reclamo tributario por liquidación de impuestos

Apelación de reposición interpuesta por el SII contra resolución que recibió a prueba reclamo tributario. La Corte confirma la resolución apelada y mantiene siete puntos de prueba sobre pérdida de ejercicios anteriores, amortización de goodwill, intereses pagados, amortización tributaria, gastos no acreditados, ajuste de corrección monetaria e ingresos por enajenación de activos fijos, relativos a

Apelación
No Ha LugarRol 288-2025Corte de Apelaciones de Santiago6 may 2026

Aerio Chile SPA con Servicio de Impuestos Internos

Rechaza casación formal del SII y confirma sentencia que acogió reclamo tributario de AERIO CHILE por devolución de $1.066.327.501 por PPUA, acreditada la pérdida tributaria y origen del crédito de Primera Categoría mediante documentación fehaciente.

Casación
RevocadaRol 475-2025Corte de Apelaciones de Santiago4 may 2026

Altamira Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente

La Corte revoca la sentencia que acogió el reclamo de Altamira Chile S.A. por devolución de IVA exportador, rechazando la apelación del SII. Determina que la contribuyente no acreditó suficientemente la efectividad material de la operación con Comercializadora Fresh Fruit SpA por inconsistencias documentales, falta de trazabilidad del pago e irregularidades del proveedor.

Apelación
RevocadaRol 476-2025Corte de Apelaciones de Santiago4 may 2026

Altamira Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos, Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente

Corte revoca sentencia de primera instancia que acogió devolución de IVA exportador por $165.497.239. Considera no acreditada la efectividad material de operaciones con tres proveedores por falta de trazabilidad, inconsistencias documentales e incapacidad operativa, rechazando recurso y manteniendo vigente resolución administrativa que rechazó parcialmente la devolución.

Apelación