Sodexho Chile SA con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 1853-2012 |
| Fecha sentencia | 15 abr 2013 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA Fallada/revocada |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRevoca sentencia de primera instancia y acoge reclamación de Sodexho contra infracción tributaria por falta de boletas, al constatar que emitía factura mensual por prestación de servicios y enteraba impuesto, sin perjuicio fiscal ni intención evasiva.
Hechos
Sodexho proporcionaba servicio de alimentación a la Pontificia Universidad Católica mediante contrato, cobrando mensualmente según consumo. El SII cursó infracción N° 532295 de agosto 1998 por no emisión de boletas. El Tribunal Tributario y Aduanero rechazó la reclamación. Sodexho apeló ante Corte de Apelaciones de Santiago. Consta de facturas que Sodexho emitía mensualmente según consumo y enteraba impuesto correspondiente.
Considerandos clave
La Corte estima que aunque existía venta con vales (según informe del fiscalizador), la Resolución Exenta 6582 de 1997 autorizaba emitir guía de despacho diaria en estos casos. Sin embargo, la infracción se cursó por no emisión de boletas, no por incumplimiento de guía diaria. El tribunal concluye que no existe perjuicio fiscal: Sodexho emitía factura mensual por prestación de servicios, enteraba impuesto fiscalmente, lo que era autorizado por la norma. No se acredita intención evasiva ni se configura elemento de tipicidad del artículo 97 N° 10 del Código Tributario. Adicionalmente, la excesiva duración procesal (7 años 9 meses) descarta sanciones copulativas como clausura.
Resolutivo
Revoca sentencia apelada de 27 enero 2012 y acoge reclamación de Sodexho contra infracción N° 532295, dejándola sin efecto. Devuelve suma consignada.
Texto de la sentencia
Santiago, quince de Abril de dos mil trece.
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus considerandos cuarto a octavo que se eliminan.
Y teniendo además y en su lugar presente:
PRIMERO: Que como consta de los antecedentes la empresa Sodexo, procedía previo contrato con la Pontificia Universidad Católica de Chile, a proporcionar servicio de alimentación al personal que trabaja en la referida Universidad y en su Centro de Extensión, en base a menús confeccionado por la propia Sodexo y con insumos aportados por ella misma. Para ello la Universidad efectuaría los requerimientos de alimentación correspondiente, y Sodexo, para determinar el número de almuerzos o servicios suministrados, debía confeccionar una Guía de Control de Servicios. La empresa cobraba mensualmente de acuerdo a la cantidad de almuerzos o servicios prestados en el mes.
SEGUNDO: Que consta de las copias de facturas acompañadas a fojas 8 a 17, que efectivamente las facturas se emitían mensualmente de acuerdo al consumo de almuerzos mensuales, como ocurrió en los meses que precedieron a la notificación de infracción.
TERCERO: Que, la Resolución Exenta 6582 de 26 de diciembre de 1997, estableció un procedimiento para la operación de aquellos establecimientos que vendan colaciones por medio de vales y cupones, resolviéndose concretamente que se autoriza a estos a emitir una única guía de despacho diaria, por todas las ventas de colaciones que se hubieren efectuado durante el día, y que se hubieren cancelado mediante el sistema de vales o cupones.
CUARTO: Que, la reclamante sostiene que no le es aplicable la citada Resolución pues en el caso no existe ventas con cupones o vales. Sin embargo, tal argumentación no fue acreditada, constando por el contrario del informe del fiscalizador a fojas 100, que la encargada del local describió que la venta se efectuaba en base a boletas, comandas y también vales.
QUINTO: Que, la venta con cupones y vales autoriza conforme la Circular en cuestión, a no emitir una boleta de venta por cada colación, bastando emitir una guía de despacho diaria por todas las ventas de colaciones que se hubieren efectuado en el día y que se hubieren cancelado con vales.
Cómo resuelve este tribunal
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