Comercial Adrenalin LTDA. con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 229-2016 |
| Fecha sentencia | 13 oct 2016 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRevoca sentencia de primer grado y acoge reclamo tributario: reconoce pérdida de mercaderías por delito de apropiación indebida como gasto deducible conforme artículo 31 Nº 3 LIR, no como crédito incobrable, procediendo devolución de saldo a favor.
Hechos
Comercial Adrenalin Ltda. reclamó contra resolución del SII que rechazó devolución de saldo a favor de $35.699.922 del año tributario 2013, argumentando pérdida operacional de $378.810.379 en 2012. El Tribunal Tributario y Aduanero desechó el reclamo. Comercial Adrenalin apeló. La controversia central fue la cuenta 'Castigo Deudas Incobrables' de $305.087.530, que correspondía a mercaderías dadas en consignación a Nelson Mauricio Nova Aravena, quien fue condenado por apropiación indebida mediante sentencia penal ejecutoriada de enero 2013.
Considerandos clave
El tribunal revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y sostiene que la pérdida de $305.087.530 constituye un gasto deducible conforme artículo 31 Nº 3 de la LIR (pérdidas por delitos contra la propiedad), no artículo 31 Nº 4 (créditos incobrables). Acredita mediante sentencia penal ejecutoriada que Adrenalin fue víctima del delito de apropiación indebida de mercaderías en consignación. Aunque existía error contable en la denominación de la cuenta, la naturaleza real del gasto es una merma patrimonial por acción delictiva contra la propiedad de la empresa. Reconoce facultades fiscalizadoras del SII pero constata que con la prueba aportada, incluyendo documentación contable del Libro Mayor, quedan demostradas las principales partidas de pérdida. Concluye que las pérdidas probadas superan el saldo positivo del FUT 2012, permitiendo la devolución solicitada.
Resolutivo
Se revoca la sentencia de 28 de abril de 2016. Se acoge el reclamo de fojas 1 y se deja sin efecto la Resolución Exenta Nº 324000000054 de 22 de noviembre de 2013. Se ordena la devolución de $35.699.922 por Pago Provisional por Utilidades Absorbidas de la Declaración de Renta año 2013.
Texto de la sentencia
Santiago, trece de octubre de dos mil dieciséis.
Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes excepciones:
a.-En el fundamento décimo quinto dentro del acápite “Castigos deudas incobrables” se elimina a partir del párrafo séptimo después del punto seguido que comienza con la frase “ De lo anterior es posible concluir…” hasta el final de dicho considerando, pasando el punto seguido a ser punto a parte.
b.-En el considerando décimo sexto se elimina el penúltimo párrafo.
c.- Se eliminan los motivos décimo séptimo a décimo noveno.
Y se tiene en su lugar y además presente:
1º) Que la reclamante de autos Comercial Adrenalin Limitada apeló de la sentencia de primer grado que desechó el reclamo deducido en contra de la Resolución Exenta Nº 3140000000545, de 22 de noviembre de 2013, emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente del Servicio de Impuestos Internos que declaró improcedente la devolución de saldo a favor retenido de la Declaración de Impuesto a la Renta año tributario 2013 por un monto ascendente a $35.699.922.
2º) Que el monto solicitado devolver corresponde a Pago Provisional por Utilidades Absorbidas, para lo cual el contribuyente indicó que al 31 de diciembre de 2012 registró pérdidas por un monto ascendente a $890.605.919 e ingresos por un monto de $511.795.540 lo que generó una pérdida operacional de $378.810.379. Refiere además que las principales partidas que conforman la pérdida corresponden a las siguientes cuentas de gastos: “Arriendo de Tiendas” por la suma de $481.799.700, “Comisiones Transbank” por $6.485.611 y “Castigo Deudas Incobrables” por $ 305.087.530. De éstas, la sentencia de primera instancia dio por probadas las dos primeras, lo que no fue apelado por el Servicio de Impuestos Internos, manteniéndose la controversia respecto de la cuenta “Castigo deudas incobrables”.
Cómo resuelve este tribunal
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