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NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Santiago · Rol 28662-201315 jul 2013

Barcelo de Torres Maria Emilia / Jefe del Departamento de Avaluaciones de la XV Direccion Regional Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol28662-2013
Fecha sentencia15 jul 2013
RecursoProteccion-Proteccion no ISAPRE
ResultadoNO HA LUGAR Rechazada

Texto de la sentencia

Santiago, quince de julio de dos mil trece.

1°.- Que, a fojas 65 comparece doña MARÍA EMILIA BARCELÓ DE TORRES, dueña de casa, domiciliada en calle Gran Vía N° 8890, comuna de Vitacura, Santiago, designando abogado patrocinante y confiriendo poder al abogado José Francisco Aguirre Ossa, domiciliado en calle Antonio Bellet N° 444, oficina 1401, comuna de Providencia, Santiago y, además confiere poder al Procurador del Número doña Laura Bañados Torres, domiciliada en calle Morandé 322, oficina 207, Santiago y, recurre de protección en contra del JEFE DEL DEPARTAMENTO DE AVALUACIONES DE LA XV DIRECCIÓN REGIONAL SANTIAGO ORIENTE DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS al sentirse afectada en la garantía constitucional contemplada en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la Republica .

Funda su recurso en que con fecha 25 de abril pasado, la recurrida de manera ilegal y arbitraria dicto la Resolución EX.SII N° A15.2013.00002556 de Modificación al Rol de Avalúos y/ o Contribuciones de la propiedad Rol N° 3045-9, subiéndole a partir del 01 de enero de 2010, el avaluó fiscal de su propiedad en un 142,374%, acto que atenta contra su derecho de propiedad, por cuanto dicha resolución es expropiatoria, desconociendo un derecho otorgado por una sentencia ejecutoriada del tribunal tributario de fecha 15 de diciembre de 2009, recaída en causa ROL N° 11.630-06.

Expresa que la Resolución EX.SII N° A15.2013.00002556 es ilegal ya que con ella se destruye la Cosa Juzgada, propia de toda sentencia ejecutoriada, desde que el mismo Sr. Director Regional resolvió modificar el avaluó fiscal al Rol 3045-9, de la comuna de Vitacura, en relación a la Resolución A.15.17.2006 de 27 de julio de 2006, lo que en definitiva no se cumplió, pese a sus presentaciones, para finalmente, con fecha 25 de abril de 2013 a través de la Resolución impugnada modificara el avaluó Fiscal en un 142,374%. Denuncia infracción al artículo 10 de la Ley N° 17.235, invocada en la resolución, en cuanto se modifican los avalúos o contribuciones de los bienes raíces fuera de los casos permitidos por dicha disposición ( letra a).

Arbitraria por atentar contra la doctrina de los Actos Propios, señalando los requisitos de procedencia que los tratadistas consideran y, que se darían en el caso en estudio. Agrega, la falta de fundamentos en el actuar del Jefe del Departamento de Avaluaciones.

Hace presente, que se le exige, conjuntamente con el pago de la segunda cuota normal, 30 de junio de 2013, el pago de las cuotas suplementarias, lo que totaliza la suma de $8.304.389, constituyendo una carga extra que agrava la ilegalidad y arbitrariedad que se le impone.

Solicita dejar sin efecto la Resolución EX.SII N° A15.2013.00002556 de 25 de abril de 2013, ordenando que se dé cumplimiento a lo dispuesto con fecha 15 de diciembre de 2009 por el Juez Tributario en los autos Rol N° 11.630-06 y, decretar las medidas de protección que la Corte determine, con costas.

2°.- Que a fojas 231 evacua informe doña Judith Ferrada Moraga, Jefa del Departamento de Avaluaciones de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, quien, en primer término, solicita se declare la inadmisibilidad del recurso por extemporáneo, por cuanto la decisión que motiva el recurso fue comunicada por carta de 26 de abril de 2013, despachada por correo certificado con la misma fecha, por ende, ha de entenderse notificada prudencialmente el 29 de abril de 2013, por lo que la interposición del recurso el 30 de mayo de 2013, resulta ser extemporánea.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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