Sendero S.A con Servicio de Impuestos Internos
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 343-2016 |
| Fecha sentencia | 28 nov 2016 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | CONFIRMADA Confirmada con decalración |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalApelación contra resolución que tasó renta mínima imponible de primera categoría. Corte confirmó la sentencia de primera instancia e incorporó punto de prueba sobre los hechos y circunstancias de la tasación según artículo 35 de la Ley de la Renta.
Texto de la sentencia
CERTIFICO: Que alegaron en la vista de la presente causa los abogados don Ricardo Celaya Bastidas, por la recurrente y reclamante y doña Carmen Gloria Jorquera Sánchez, por la recurrida y reclamada, quienes lo hicieron por 10 minutos, respectivamente.
Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis.
Atendido el mérito de autos y lo dispuesto en el artículo 139 y siguientes del Código Tributario, se confirma la resolución de doce de febrero de dos mil dieciséis, escrita a fojas 38 de estas compulsas, con declaración que se incorpora un 2° punto de prueba, que es del siguiente tenor:
2.- “Hechos y circunstancias por las cuales el Servicio de Impuestos Internos procedió a tasar la renta mínima imponible de primera categoría según lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de la Renta.”
Se previene que en Ministro señor Rivera, concurre a la confirmatoria de la sentencia interlocutoria sin la declaración de incorporar el punto de prueba que se ha agregado, teniendo únicamente presente para ello que el petitorio del recurso de apelación subsidiario del reclamante exigía la eliminación del punto de prueba fijado por el tribunal y, simultáneamente, la agregación de los cinco puntos de prueba propuestos, sin que la competencia específica otorgada por el recurrente en su arbitrio le permitiera a esta Corte la facultad de incorporar uno u otro hecho a probar por separado, ni menos hacerlo sin eliminar el fijado por el juez a quo.
Pronunciada por la Undécima Sala, conformada por el Ministro señor Hernán Crisosto Greisse, por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y por la abogado integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. Autorizada por el Ministro de Fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Cómo resuelve este tribunal
Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago
Guajardo Cornejo Emilio con Servicio de Impuestos Internos
Se confirma resolución que requería al contribuyente acreditar origen de fondos de inversiones mediante contabilidad completa, por estar obligado a tributar bajo régimen de renta efectiva desde el año tributario 2009.
Terminal de Buses los Heroes S.A con Servicio de Impuestos Internos Santiago Centro
Se revoca resolución que declaró inadmisible un reclamo tributario, ordenando al Tribunal Tributario y Aduanero dar curso progresivo a los autos conforme a su competencia establecida por Ley N°20.322.
Sociedad Organizacion e Inversiones Comerciales Santiago S.A. con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Centro
Revoca sentencia que acogía reclamación tributaria y confirma liquidación del SII por ingresos no declarados (rescate de fondos mutuos y venta de acciones), aplicando retiro conforme art. 33 N°1 LIR con tasa del 35%.
Creaciones Melody Limitada con Servicio de Impuestos Internos Santiago Centro Causa Estudio SRA. Claudia Veloso ( SRA. Ganzur)
La Corte confirma el rechazo de la reclamación tributaria de Creaciones Melody por falta de acreditación de gastos por subcontratación de personal y crédito fiscal de IVA, rechazando prueba extemporánea presentada en segunda instancia.
Asesorias Vsa LTDA con Servicio de Impuestos Internos
Corte confirma rechazo de reclamo por vulneración de derechos: desestima por extemporaneidad respecto del derecho a identificación de fiscalizadores (art. 8 bis numeral 3), y rechaza fondo respecto de numerales 4 y 6 por falta de acreditación de vulneración.
Knoop y Compañia Limitada con Servicio de Impuestos Internos
Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto incluyó en el acogimiento conceptos de donaciones e interés leasing no reclamados, confirmándose en lo demás por falta de congruencia procesal.