Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

REVOCADACorte de Apelaciones de Santiago · Rol 4554-200918 ene 2010

Herreros Aliaga Maria con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol4554-2009
Fecha sentencia18 ene 2010
RecursoCivil-apelacion sentencia definitiva
ResultadoREVOCADA Fallada/revocada

Texto de la sentencia

Santiago, dieciocho de enero de dos mil diez.-

Se reproduce la sentencia en alzada, pero eliminando de la misma los razonamientos 4° a 6°.

Y se tiene en su lugar y además presente:

1°.- Que en estos autos, mediante la resolución de fecha 27 de abril de 2009, de fs.13 y siguiente, el señor Director Regional de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, declaró inadmisible por improcedente la reclamación deducida en contra del Ordinario N° 68, de fecha 23 de enero de ese año emanado de la misma Dirección, que resolvió petición administrativa de revisión del avalúo fiscal del Bien Raíz No Agrícola Rol N° 1443 - 4 de la Comuna de Vitacura.

Para resolver de este modo se ha tenido en consideración que el Libro Tercero, Título III, párrafo 1° del Código Tributario, en los artículos 149 a 154, contempla el procedimiento especial para reclamar de los avalúos asignados a los bienes raíces, sea en tasación general o en modificaciones individuales, reclamación que no fue ejercida por el compareciente en su oportunidad.

Conviene tener presente para resolver que mediante la presentación respectiva, que se lee a fs.1, el ocurrente solicitó que su reclamo se rija por la norma del artículo 123 del Código Tributario, estableciendo como fundamento del reclamo el hecho que el terreno debe tener un coeficiente corrector de 0,30.

2°.- Que cabe tener presente que los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, invocados por el compareciente, efectivamente contemplan un Procedimiento General de Reclamaciones, según se pasa a advertir a continuación.

Del procedimiento general de las reclamaciones

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago