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REVOCADACorte de Apelaciones de Santiago · Rol 4197-200915 ene 2010

Herrera Cargill Jaime con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol4197-2009
Fecha sentencia15 ene 2010
RecursoApelación
ResultadoREVOCADA Fallada/revocada

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Revoca sentencia que rechazó como inadmisible una reclamación sobre avalúo fiscal, acogiendo que el procedimiento general de reclamaciones del artículo 123 del Código Tributario es viable como alternativa al procedimiento especial de avalúos.

Hechos

Contribuyente Herrera Cargill cuestionó el avalúo fiscal del inmueble Rol 960-6 en Las Condes, solicitando que se le aplicara un coeficiente corrector de 0,30. Presentó su reclamo bajo el artículo 123 del Código Tributario (procedimiento general). El Director Regional del SII, mediante Ordinario de 28 de enero de 2009, rechazó la petición administrativa sobre el avalúo. Luego, mediante resolución del 27 de abril de 2009, declaró inadmisible el reclamo por improcedente, considerando que debió seguirse el procedimiento especial de avalúos (artículos 149 a 154). Contra esta resolución de inadmisibilidad se interpuso recurso de apelación.

Considerandos clave

El tribunal reconoce que el Código Tributario contempla un procedimiento especial para reclamar avalúos (artículos 149-154), pero concluye que su existencia no excluye el derecho del contribuyente a deducir reclamación conforme al procedimiento general (artículos 123 y siguientes). Fundamenta esta conclusión en que el procedimiento general de reclamaciones encuentra respaldo en el derecho constitucional de petición (artículo 19 N° 14 de la Constitución) y en los principios de impugnabilidad y control de actos administrativos establecidos en la Ley N° 18.575. Ambos procedimientos constituyen fórmulas legítimas para garantizar el ejercicio de derechos de impugnación, no siendo uno excluyente del otro.

Resolutivo

Revoca la sentencia de inadmisibilidad del 27 de abril de 2009 y declara admisible el reclamo del contribuyente, ordenando que el Tribunal Tributario lo acoja a tramitación conforme al procedimiento general.

Texto de la sentencia

Santiago, quince de enero de dos mil diez.-

Se reproduce la sentencia en alzada, pero eliminando de la misma los razonamientos 4° a 6°.

Y se tiene en su lugar y además presente:

1°.- Que en estos autos, mediante la resolución de fecha 27 de abril de 2009, de fs.11 y siguiente, el señor Director Regional de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos, declaró inadmisible por improcedente la reclamación deducida en contra del Ordinario N° 80, de 28 de enero de 2.009, emanado de la misma Dirección, que resolvió petición administrativa de revisión del avalúo fiscal del inmueble Rol N° 960-6 de la Comuna de Las Condes.

Se ha considerado para resolver de este modo, que el Libro Tercero, Título III, párrafo 1° del Código Tributario, en los artículos 149 a 154, contempla el procedimiento especial para reclamar de los avalúos asignados a los bienes raíces, sea en tasación general o en modificaciones individuales, reclamación que no fue ejercida por el compareciente en su oportunidad.

Conviene tener presente para resolver que mediante la presentación respectiva, que se lee a fs.1, el ocurrente solicitó que su reclamo se rija por la norma del artículo 123 del Código Tributario, estableciendo como fundamento del reclamo el hecho que el terreno debe tener un coeficiente corrector de 0,30.

2°.- Que los artículos 123 y siguientes del Código Tributario, invocados por el compareciente contemplan un Procedimiento General de Reclamaciones, estableciendo al efecto lo que sigue:

Del procedimiento general de las reclamaciones

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

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Cómo resuelve este tribunal

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