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NO HA LUGARCorte de Apelaciones de Santiago · Rol 05-20136 ago 2013

Editores e Impresores Aconcagua S a con Servicio de Impuestos Internos

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol05-2013
Fecha sentencia6 ago 2013
RecursoApelación
ResultadoNO HA LUGAR

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

No exhibición de documentación contable durante fiscalización del SII. Contribuyente alegó caso fortuito por ausencia de funcionario en feriado legal. Corte de Apelaciones confirmó la multa del artículo 97 N° 6 del Código Tributario.

Análisis del SII

El contribuyente al no poner a disposición del SII los antecedentes contables solicitados, entrabó el proceso de fiscalización, lo que lo hace merecedor de la multa prevista en el artículo 97 N° 6 del Código del Tributario.

Texto de la sentencia

Santiago, seis de agosto de dos mil trece.

Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de los fundamentos quinto a décimo segundo.

Y se tiene en su lugar y además presente:

1°) Que el Servicio de Impuestos Internos recurre en contra de la sentencia dictada por el juez tributario, argumentando que el Síndico en representación del contribuyente funda su reclamo en el caso fortuito o fuerza mayor, sin embargo aquella acoge su presentación razonando en torno a la notificación de la citación de 20 de agosto de 2012, materia no sometida a discusión, sin perjuicio que uno de los fundamentos tenidos a la vista por el Servicio fue el incumplimiento del requerimiento de antecedentes efectuados mediante la notificación N° 22564 de 22 de agosto de 2012.

2°) Que el Servicio de Impuestos Internos dentro del marco de fiscalización de infracciones tributarias, artículo 97 N° 6 del Código Tributario, notifico al Síndico de Quiebras la entrega de información contable, ante el incumplimiento, curso multa. El contribuyente, quien concurre al SII a fin de obtener la devolución por utilidades de absorción, se excepciona aludiendo a fuerza mayor o caso fortuito, fundado en que a la fecha de notificación de la infracción N° 1219101, 22 de febrero de 2013, la persona a cargo de la documentación contable se encontraba haciendo uso de su feriado legal, haciéndose entrega solo de copias simples del acta de incautación y ampliaciones, en consecuencia se debe dejar sin efecto la multa que le fue impuesta, la que no indica monto.

3°) Que el SII al contestar el reclamo, refiere la improcedencia del reclamo, en atención que la notificación por infracción N° 1219101 de 20.02.2013 se encuentra debidamente cursada. Expone que el primer requerimiento, a fin de hacer llegar la documentación pertinente, fue notificada el 20.08.2012 y, el segundo el 22 de enero de 2013, con vencimiento este último al 29 de dicho mes, de modo que no existía ningún impedimento o presupuesto de un caso fortuito o fuerza mayor para no dar cumplimiento a lo solicitado.

4°) Que recibida la causa a prueba se fijó por el juez tributario el siguiente “Acredítese a través de los medios de prueba, los hechos y circunstancias que configuran la comisión de la infracción tributaria prevista y sancionada en el artículo 97 N° 6 del Código Tributario, por parte de la reclamante Editores e Impresores Aconcagua S.A. que da cuenta la notificación de infracción N° 1219101 de fecha 20 de febrero de 2012. Como asimismo cualquier hecho o circunstancia que importe su procedencia”.

5°) Que en el Titulo de la Infracciones Tributarias, Párrafo 1°, el artículo 97 N° 6 del Código Tributario, trata como infracción a las disposiciones tributarias, la no exhibición de libros de contabilidad y otros documentos exigidos por el Director Regional, o el acto de entrabar en cualquier forma la fiscalización ejercida de conformidad a la ley con multa de una unidad tributaria mensual a una unidad tributaria anual.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.

Normas aplicadas

Descriptores del SII

Artículo 97 N° 6 del Código Tributario

Cómo resuelve este tribunal

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