Transportes Recu Corp Limitada con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Poniente
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Rol | 698-2025 |
| Fecha sentencia | 2 jun 2026 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | REVOCADA |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalLa Corte revoca la sentencia de primer grado que acogía el reclamo por prescripción ordinaria y rechaza el recurso tributario, aplicando prescripción extraordinaria de 6 años por declaraciones maliciosamente falsas en IVA y Renta.
Hechos
Transportes Recu Corp Limitada reclamó contra liquidaciones de IVA (períodos agosto 2017-agosto 2018) y Renta (años 2018-2019) por monto no especificado. El Tribunal Tributario acogió el reclamo por prescripción ordinaria de 3 años. La Corte de Apelaciones revisa si aplica la prescripción extraordinaria de 6 años por declaraciones maliciosamente falsas. Se constató que la empresa utilizó 57 facturas falsas de combustible de otra empresa jurídica, sin soporte comercial real, e incorporó estas facturas como crédito fiscal en formularios 29 y 22.
Considerandos clave
La Corte establece que 'declaración maliciosamente falsa' requiere dos elementos: (1) falsedad objetiva del contenido declarado, y (2) elemento subjetivo de conocimiento consciente del contribuyente de tal inexactitud. Como norma excepcional, debe aplicarse restrictivamente. Se probó que las operaciones no fueron efectivas ni reales: no se acreditó la efectividad material de compras de combustible, no existieron guías de despacho, y se utilizaron documentos tributarios electrónicos ideológicamente falsos. El conocimiento y dolo del contribuyente se infiere de: la multiplicidad de documentos objetados, declaración jurada del contador de la empresa proveedora reconociendo emisión de facturas falsas, admisión verbal al representante legal, y querella penal correlativa. La incorporación en Registro de Compras aumentó artificiosamente el crédito fiscal, rebajando carga impositiva. Existe investigación criminal en curso por artículo 97 N° 4 inciso segundo del Código Tributario. No se requiere sentencia condenatoria ejecutoriada para establecer la falsedad maliciosa.
Resolutivo
Se revoca la sentencia de primer grado que acogía el reclamo y se rechaza sin costas el recurso tributario de Transportes Recu Corp Limitada. Quedan firmes las liquidaciones números 242 a 256 de 21 de septiembre de 2023 por aplicación del plazo extraordinario de prescripción de 6 años.
Texto de la sentencia
Santiago, dos de junio de dos mil veintiséis.
Se reproduce la sentencia apelada de veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco y su complementaria de diecisiete de marzo de dos mil veintiséis, con excepción de los motivos Décimo Cuarto “En cuanto a la Declaración Maliciosamente Falsa” al Décimo Noveno “En cuanto a la Efectividad Material de las Operaciones y Cumplimiento de los Requisitos
Legales”, en la primera de ellas, y el considerando Vigésimo Noveno, en la segunda, los que se suprimen.
Y teniendo en su lugar y, además, presente:
Primero: Que, a efectos de contextualizar el litigio, este procedimiento general tiene su origen en la reclamación interpuesta por Transportes Recu Corp Limitada contra la Dirección Regional Santiago
Poniente del Servicios de Impuestos Internos, por las Liquidaciones Nos. 242 a 256, de 21 de septiembre de 2023, las primeras trece respecto del Impuesto al Valor Agregado (D.L. N° 825/1974) y las últimas dos en relación a la Renta de Primera Categoría (D.L. N° 824/1974).
Segundo: Que la controversia en alzada se circunscribe, en lo medular, a determinar si corresponde aplicar el plazo extraordinario de prescripción de seis años estipulado en el artículo 200, inciso segundo, del Código Tributario, por existir declaraciones maliciosamente falsas, descartando así la prescripción ordinaria acogida en el fallo de primer grado.
Tercero: Que el artículo 200 antes citado dispone que "[e]l
La misma causa en primera instancia
Transportes Recu Corp Limitada con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional STGO Poniente
Transportes Recu Corp Limitada reclama liquidaciones por diferencia de Impuesto de Primera Categoría años 2018-2019, alegando vulneración de plazos de prescripción (Art. 200 CT) y restricción de pruebas.
Cómo resuelve este tribunal
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