Saltar al contenido principal

La plataforma de investigación tributaria con IA: instrucciones del SII (oficios, circulares y resoluciones) y jurisprudencia del Tribunal Tributario y Aduanero.
Cada cita es textual, verificable y enlaza al documento original.

CONFIRMADACorte de Apelaciones de Santiago · Rol 98-201728 ago 2017

Fuel Chile S.A. con Servicio de Impuestos Internos XV DR Santiago Oriente

TribunalCorte de Apelaciones de Santiago
Rol98-2017
Fecha sentencia28 ago 2017
RecursoApelación
ResultadoCONFIRMADA

Resumen

Generado con IA desde el fallo original

Fuel Chile S.A. impugnó una declaración rectificatoria que el SII dejó sin efecto sin audiencia previa. La Corte confirmó sentencia de primera instancia que acoge el reclamo por vicio de procedimiento administrativo.

Texto de la sentencia

CERTIFICO: Que, se anunciaron, escucharon relación y alegaron, por el recurso, la abogado del SII doña Romina Reyes Segner, por 30 minutos y por la recurrida, doña Camila Flores Delpiano, por 25 minutos.

Santiago, veintiocho de agosto de dos mil diecisiete.

Proveyendo a fojas 462 y 464, téngase presente.

Primero: Que, no puede desatenderse el hecho que la contribuyente compareció a la etapa de fiscalización efectuada por el Servicio de Impuestos Internos y, junto a la fiscalizadora actuante, se suscribió la Declaración Rectificatoria, acto que debe ser calificado como administrativo al emanar de una funcionaria investida legalmente, actuando en forma legal y en negocios de su competencia.

Segundo: Que, en consecuencia, desde que se emitió el acto administrativo que fuere notificado en la misma oportunidad al contribuyente por parte de la fiscalizadora, este produjo todos sus efectos jurídicos, atendida la presunción de validez y ejecutoriedad del mismo.

Tercero: Que, en consecuencia, si dicho acto iba a ser dejado sin efecto por parte del Servicio de Impuestos Internos, dicha decisión debió plasmarse mediante los mecanismos derivados de la invalidación, cuestión que supone audiencia previa del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto, conforme lo dispone el artículo 53 de la Ley N°19.880.

La Citación efectuada al contribuyente no puede ser considerada como audiencia previa, desde que dicho acto es autónomo y tiene por objeto determinar diferencias de impuestos, no existiendo constancia en autos de habérsele notificado al contribuyente el hecho que quedó sin efecto la Declaración Rectificatoria. Si en Derecho las cosas se deshacen de la misma manera como se hacen, a lo menos resultaba necesario disponer la notificación del contribuyente dando noticia previa del hecho de haberse dejado sin efecto la Declaración rectificatoria, en circunstancias que la misma fue otorgada en presencia de la funcionaria fiscalizadora.

Por estas consideraciones y atendido el mérito de autos, los fundamentos de la sentencia en alzada, los que son compartidos por esta Corte y lo dispuesto en los artículos 139 y siguientes del Código Tributario, se confirma la sentencia apelada de diez de febrero de dos mil diecisiete, escrita a fojas 366 y siguientes.

Pro

El texto completo del fallo es parte de Pro

Los considerandos y lo resolutivo, tal como los publicó el tribunal, en las sentencias de Corte Suprema y Cortes de Apelaciones de esta base.

Conoce Pro

Cómo resuelve este tribunal

ProA favor de quién resuelve la Corte de Apelaciones de Santiago en apelación: la proporción medida sobre los 1.067 recursos de esta base.Conoce Pro

Otras sentencias de Corte de Apelaciones de Santiago

ConfirmadaRol 132-2017Corte de Apelaciones de Santiago31 ago 2017

Puertos y Logisticas SA con Servicio de Impuestos Internos

Confirmó sentencia que declaró la indemnización por expropiación como ingreso no renta, rechazando apelación del SII que pretendía gravar tributariamente dicha indemnización.

Apelación
ConfirmadaRol 96-2017Corte de Apelaciones de Santiago23 ago 2017

Tattersall Comercial S.A con Servicio de Impuestos Internos

Tattersall Comercial S.A. impugnó liquidación del SII por gastos rechazados. La Corte confirmó la sentencia de primera instancia que acogió el reclamo de la contribuyente, reconociendo que sus gastos cumplían requisitos del artículo 31 de la Ley sobre la Renta pese a documentación omitida por el SII.

Apelación
ConfirmadaRol 148-2017Corte de Apelaciones de Santiago4 sep 2017

Praixair Chile LTDA con Servicio de Impuestos Internos XIV DR STGO Poniente

Confirmada sentencia que anuló liquidación tributaria por abuso de facultad de tasación: el SII aceptó documentos del contribuyente en fiscalización, formuló observaciones basadas en ellos, pero luego desconoció su valor al liquidar sin justificación, violando el principio de actos propios.

Apelación